Artículo 24.- Las o los Secretarios Regionales Ministeriales de Seguridad Pública deberán cumplir los siguientes requisitos, sin perjuicio de las exigencias generales para ingresar a la Administración del Estado:
a) Ser ciudadano con derecho a sufragio.
b) Ser mayor de treinta años de edad.
c) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos.
d) No haber sido condenado por crimen o simple delito.
e) Poseer un título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado, reconocido por éste o validado en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
f) Tener, a lo menos, tres años de experiencia profesional en materias de seguridad, prevención del delito u otras afines, o seis años de experiencia profesional.