Artículo sexto.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.325, de Migración y Extranjería:
1. Suprímese, en el numeral 12 del artículo 1, la expresión "y Seguridad Pública".
2. Suprímese, en el inciso primero del artículo 156, la expresión "y Seguridad Pública".