Artículo séptimo.- Modifícase, el inciso primero del artículo 1° del decreto ley N° 844, de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional, que crea el Departamento de Previsión de Carabineros, del siguiente modo:
1. Reemplázase la expresión "del Interior y", por la preposición "de".
2. Reemplázase la locución "Subsecretaría del Interior" por "Subsecretaría de Seguridad Pública".