MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 754 EXENTA (V. Y U.), DE FECHA 27 DE MAYO DE 2024, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES CORRESPONDIENTES A LAS SELECCIONES DEL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES, DE CENTROS COMUNITARIOS DE CUIDADO, PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº27 (V. Y U.) DE 2016, DIRIGIDO A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY N° 19.418
   
    Santiago, 17 de enero de 2025.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 46 exenta.
   
    Visto:
   
    a) El decreto supremo Nº27 (V. y U.), de 2016, y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios y, en especial, lo dispuesto en su artículo 24;
    b) La resolución exenta Nº2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2024, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº27 (V. y U.), de 2016;
    c) La resolución exenta Nº754 (V. y U.), de fecha 27 de mayo de 2024, que llama a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de Centros Comunitarios de Cuidado, Proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº27 (V. y U.), de 2016, a organizaciones comunitarias y juntas de vecinos regidas por la ley Nº19.418, fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y distribución.
   
    Considerando:
   
    1. Que, mediante la resolución citada en el visto c), se realizó un llamado a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de Centros de Cuidados Comunitarios, Proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº27 (V. y U.), de 2016, a organizaciones comunitarias y juntas de vecinos regidas por la ley Nº 19.418.
    2. Que, el llamado a postulación realizado mediante la resolución exenta citada en el visto c), contempló dos instancias de selección de proyectos en función de la fecha de término de la etapa de Revisión y Calificación realizada por el Servicio de Vivienda y Urbanización de cada región participante.
    3. Que, el inciso final del resuelvo 7. de la resolución exenta citada en el visto c) establece la posibilidad de incrementar y redistribuir entre regiones los montos determinados para el llamado que regula, mediante resoluciones dictadas al efecto.
    4. Que, finalizado el proceso de Revisión y Calificación de Proyectos, correspondiente a ambas selecciones en el mes de diciembre del año 2024, según lo señalado en el resuelvo 6. de la resolución citada en el visto c), se procederá a realizar las selecciones de los grupos beneficiarios en este acto, razón por la cual dicto la siguiente:
   
    Resolución:

   
    1. Modifícase la resolución exenta Nº754 (V. y U.), de 2024, citada en el visto c), reemplazando el cuadro inserto en resuelvo 7), por el que sigue:
    2. Apruébanse los montos de recursos asignados para los dos procesos de selección del llamado nacional en condiciones especiales para el desarrollo de Centros Comunitarios de Cuidado, proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, dispuesto por resolución exenta Nº754 (V. y U.) de 2024, conforme al siguiente cuadro:
    3. Distribúyanse los recursos indicados en el resuelvo precedente, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución señalada en el siguiente cuadro:
    4. Apruébanse las nóminas de grupos seleccionados correspondientes a los dos procesos de selección del llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos regidas por la ley Nº19.418. Esta nómina se adjunta y se entenderá formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjese el número de organizaciones postulantes seleccionadas por región, según se indica en la siguiente tabla:
    5. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, y en un periódico de circulación regional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los grupos postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 4 de esta resolución, las que deberán contener, a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto, la identificación del grupo postulante y el puntaje obtenido por éste.


    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.