INSCRIPCIÓN DE MARCAS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL: DELEGA FACULTAD
Núm. 60 exenta.- Santiago, 27 de enero de 2025.
Visto:
a) El artículo 51, de la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros, Nº 18.961, que establece las facultades conferidas al General Director de Carabineros para la dirección y administración de la Institución;
b) El artículo 52, letra j), de la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, Nº 18.961, que establece la facultad que tiene la Máxima Autoridad Institucional de delegar, mediante resolución, parte de sus atribuciones meramente administrativas u obligaciones o deberes de carácter protocolar en otras autoridades institucionales, incluyendo la facultad de firmar en determinados actos sobre materias específicas;
c) El artículo 3º, de la Ley Nº 19.880, que establece las "Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado";
d) La Ley Nº 19.039, de Propiedad Industrial;
e) La Ley Nº 20.254 que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial;
f) La resolución exenta Nº 302, de fecha 20.07.2022, de la Dirección General, que delega en la Mayor Verónica Figueroa Fernández, la facultad de efectuar, ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, la inscripción de las marcas que se indican;
g) Lo establecido en la resolución Nº 7, de fecha 26.03.2019, publicada en el Diario Oficial, el día 29.03.2019, la resolución Nº 16, de fecha 30.11.2020, publicada en el Diario Oficial con fecha 17.12.2020 y la resolución Nº 36 de fecha 19.12.2024, publicada en el Diario Oficial con fecha 23.12.2024, todas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1. La conveniencia de inscribir ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi), como marca registrada ciertas denominaciones usadas por Carabineros de Chile con el objetivo de obtener el debido resguardo de los intereses institucionales, esto es, eventualmente, evitar que dichas denominaciones sean utilizadas por terceros y/o se les dé un sentido distinto al buscado, considerando igualmente que las denominaciones que se busca inscribir se encuentran directamente relacionadas a la seguridad pública y control del orden público de nuestro país.
2. El artículo 3º, de la ley Nº 19.039, cuyo texto refundido fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 3, de fecha 06.02.2012, del Ministerio de Economía, cuyo inciso segundo dispone que las solicitudes podrán presentarse personalmente o mediante apoderado.
3. La necesidad de delegar la facultad de efectuar, ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi), la inscripción como marca registrada de determinadas denominaciones institucionales, por razones de buen servicio, celeridad administrativa y conveniencia institucional, resguardando debidamente los intereses institucionales y nacionales.
Se resuelve:
I. Delégase en el Jefe del Departamento Investigación, Desarrollo e Innovación, de la Dirección de Planificación y Desarrollo, Mayor Sergio Antonio Acevedo Rodríguez, cédula nacional de identidad Nº 13.920.841-2, domiciliado en calle Paseo Bulnes Nº 241, oficina 801, comuna y ciudad de Santiago, la facultad de efectuar ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi), la inscripción como marca registrada, de las siguientes denominaciones:
- S.T.O.P. (Sistema Táctico Operación Policial).
- G.O.P.E. (Grupo de Operaciones Policiales Especiales).
- CUADRO VERDE.
- P.P.I. (Depto. de Protección de Personas Importantes de Carabineros de Chile).
- SISTEMA DAINCAR - PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE AUDITORÍAS.
Así como cualquier otra denominación que resulte necesario llevar a cabo; todo lo anterior, en representación de Carabineros de Chile.
II. Señálase que la autoridad institucional delegada, queda facultada para suscribir los documentos públicos o privados que sean necesarios y convenientes para dar efectivo cumplimiento a su cometido, señalados en el numeral precedente, debiendo velar, siempre y en todo caso, por el debido resguardo del interés institucional.
III. Dispónese que el Oficial Jefe delegado deberá informar a la Dirección General de Carabineros, a través de la Secretaría General y Asuntos Internacionales, sobre la gestión delegada, sus avances y resultados, hasta su materialización.
IV. Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 302, de fecha 20.07.2022, de la Dirección General, citada en el literal f), del acápite "Visto".
Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial y Diario Oficial.- Marcelo L. Araya Zapata, General Director, Carabineros de Chile.