1. Modifícase la resolución exenta Nº 320 (V. y U.) de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a. Reemplázase la tabla inserta en el resuelvo 5.1 por la siguiente:
   
   
    2. Apruébanse los siguientes proyectos seleccionados para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos con Autoconstrucción Asistida e Industrialización, según el llamado dispuesto por resolución exenta Nº 320 (V. y U.), de 2024:
   
   
    3. Establécese que mediante resolución del Director del Serviu, deberán determinarse los montos de subsidio efectivos definitivos a aplicar, incluyendo los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, identificando cada uno de ellos de acuerdo a las condiciones dispuestas en la resolución exenta Nº 320 (V. y U.), de 2024.
    A su vez, para aquellos proyectos beneficiados por esta resolución sin la totalidad de familias adscritas, la Seremi de Vivienda y Urbanismo a solicitud del Serviu respectivo, deberá nominarlas y emitir el correspondiente certificado de subsidio. Las familias deberán estar asociadas al proyecto y en estado hábil para ser objeto de la nominación. Esta nominación podrá producirse en cualquier etapa del desarrollo y construcción del proyecto; sin embargo, para el inicio de la fase de Ejecución de Viviendas y Equipamiento, el proyecto debe contar con el 70% de las familias adscritas, conforme lo señala el resuelvo 4.2 de la resolución exenta Nº 320 (V. y U.), de 2024.
    4. Los recursos comprometidos en el resuelvo 2 de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en este último cierre, así como las selecciones de todo el proceso del llamado dispuesto por resolución exenta Nº 320 (V. y U.), de 2024, se resumen en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas: