Artículo 9.- Mecanismos para determinar los montos y formas de pago en los convenios y/o contratos.
La Subsecretaría de Educación establecerá los montos y formas de pago mediante estimaciones de gastos para la implementación de los talleres que correspondaResolución 2034 EXENTA,
EDUCACIÓN
Art. primero N° 1
D.O. 26.05.2025 ejecutar. Los montos asignados y la forma de pago quedarán establecidos en los respectivos convenios o contratos según corresponda. Las estimaciones de gastos establecerán un monto total que debe incluir los recursos necesarios para el correcto financiamiento del pago de monitores, compra y distribución de materiales educativos, gastos en traslados y alimentación cuando corresponda y gastos de gestión y coordinación para la implementación de los talleres correspondientes.
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Art. primero N° 1
D.O. 26.05.2025 ejecutar. Los montos asignados y la forma de pago quedarán establecidos en los respectivos convenios o contratos según corresponda. Las estimaciones de gastos establecerán un monto total que debe incluir los recursos necesarios para el correcto financiamiento del pago de monitores, compra y distribución de materiales educativos, gastos en traslados y alimentación cuando corresponda y gastos de gestión y coordinación para la implementación de los talleres correspondientes.
El pago se distribuirá de la siguiente manera:
Primera cuota que será pagada contra entrega y aprobación del informe de programación, previa emisión del respectivo certificado de conformidad por parte de la contraparte técnica.
Segunda cuota que será pagada contra entrega y aprobación de un informe de avance previa emisión del respectivo certificado de conformidad por parte de la contraparte técnica.
Tercera cuota que será pagada contra entrega y aprobación de un segundo informe de avance, previa emisión del respectivo certificado de conformidad por parte de la contraparte técnica.
En el caso de contratos, la tercera cuota será pagada contra entrega y aprobación del informe final, previa emisión del respectivo certificado de conformidad por parte de la contraparte técnica.