MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA INMOBILIARIA ANTYL S.A.
   
    Santiago, 24 de enero de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 46 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    d) El decreto supremo Nº 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.
    f) La resolución exenta Nº 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
    g) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la Republica, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 35.006 de 13.03.2024.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
   
    Decreto:


    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa Inmobiliaria Antyl S.A., RUT Nº 76.079.998-K, con domicilio en Serrano Nº 14, oficina Nº 304, Comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) torre de telecomunicaciones, destinada a soportar sistemas radiantes, según se indica a continuación:
   
   
    Para la Región: De Los Ríos.
   
   
    2. Los plazos máximos se indican a continuación.
   
   
    3. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
    4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.