DESIGNA EN COMISIÓN DE SERVICIO A FUNCIONARIA QUE INDICA
Santiago, 10 de diciembre de 2024.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 39.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley N° 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el decreto ley N° 1.305, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la Ley N° 19.179, que modifica Planta Nacional de cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Servicios Dependientes; la Ley N° 21.640 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024; lo dispuesto en el artículo 75 y siguientes del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo; el decreto con fuerza de ley N° 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de Viáticos para el Personal de la Administración Pública; el decreto supremo N° 705 de 2016, del Ministerio de Hacienda, que fija monto de viático en dólares para el personal que debe cumplir Comisiones de Servicio en el Extranjero; el decreto supremo N° 147, de 2024, del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución N° 6, de 2019, y sus modificaciones, todas de la Contraloría General de la República; y,
Considerando:
Que la Sra. Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, viajará a la ciudad de Belém, Brasil, entre los días 11 y 14 de diciembre del presente año, con motivo de participar en la XXXIII Asamblea General del Foro de Ministros y Altas Autoridades de Vivienda y Urbanismo de América Latina y el Caribe.
Decreto:
1.- Designa en comisión de servicio a la ciudad de Belém, Brasil, por 4 días, a contar del 11 de diciembre de 2024, a la Sra. Gabriela Elgueta Poblete, cédula de identidad N° 12.671.027-5, Subsecretaria, grado C EUR, de la Planta Nacional de Cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
2.- La Sra. Gabriela Elgueta Poblete tendrá derecho al pago total de sus remuneraciones en moneda nacional.
3.- El gasto por concepto de pasajes, tanto de ida como regreso, serán de cargo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, CEPAL.
4.- Los gastos en viáticos serán de cargo del presupuesto vigente de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo.
5.- Que, el gasto que demande el cumplimiento de esta comisión de servicio, convertido en moneda nacional, se imputará a la partida 18.01.01, Subtítulo 21.01.004.007, viáticos, del presupuesto vigente de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo.

6.- Que, la presente comisión no contraviene lo señalado en Gab. Pres. N° 01/2024 de S.E. Presidente de la República que imparte instrucciones sobre buen uso de los recursos fiscales.
Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.- Albert Van Klaveren Stork, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.