1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.699 (V. y U.), de 2024, en el siguiente sentido:
a. Reemplazar en la tabla inserta en su resuelvo 3., Construcción en Sitio Propio, su fila Nº 19, el valor "Total UF" para el proyecto Palafitos Paya, Código 175474, de 3.838,38 por 6.610,38, quedando la tabla actualizada de la siguiente forma:
CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO

b. Reemplazar en la tabla Alternativa Colectiva inserta en su resuelvo 5., en la fila correspondiente a la Región Metropolitana, en la columna "Monto Subsidios (UF)" correspondiente a la "Selección Agosto 2024", y en la columna "Saldo Alternativa Colectiva", los valores 63.084,52 y 108.805,92, por 65.856,52 y 106.033,92, respectivamente. Asimismo, reemplazar en la fila "Total País", en las columnas "Monto Subsidios (UF)" correspondiente a la "Selección Agosto 2024" y en la columna "Saldo Alternativa Colectiva", los valores 122.224,04 y 560.623,10 por 124.996,04 y 557.851,10, respectivamente, quedando la tabla actualizada de la siguiente forma:

c. Reemplazar en la tabla Anexo Único, correspondiente a Construcción en Sitio Propio, en su fila Nº 19, los valores en las columnas "Albergue Transitorio" y "Total Proyecto Habitacional según Familias Asociadas", para el proyecto Palafitos Paya, Código 175474, "396,00" por "3.168,00" y "3.549,78" por "6.321,78", respectivamente, quedando dicha tabla actualizada según se señala en el anexo único correspondiente adjunto a esta resolución, el cual se entiende formar parte integrante de la misma.
2. Modifícase la resolución exenta Nº 324 (V. y U.), de 2024, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su resuelvo 2. por la siguiente:

3. Apruébase la siguiente nómina de proyectos calificados al 17 de diciembre de 2024, seleccionados para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, con su respectivo financiamiento total, incluyendo los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, correspondientes a 66 proyectos en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, 38 de ellos postulados de manera individual en la Región del Maule, y 28 postulados de manera colectiva en las regiones de Maule, Biobío, Araucanía, Los Lagos, RM, y Ñuble, además de 5 proyectos en la tipología Pequeño Condominio, postulado de manera colectiva en las regiones de Valparaíso, O'Higgins, Biobío y Metropolitana, todos correspondientes al proceso de selección del llamado efectuado por resolución exenta Nº 324 (V. y U.), de 2024:
CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO

PEQUEÑO CONDOMINIO

El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para cada uno de los proyectos seleccionados en el presente resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
4. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del resuelvo 3. de esta resolución comprende los siguientes montos por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO


PEQUEÑO CONDOMINIO

Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, mencionada en el visto e), de la presente resolución:
a) En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, los montos a pagar se determinan de acuerdo al número de familias que se benefician por esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 3, número 2 de la resolución exenta Nº 1.875. En dicho monto, en los casos que correspondía, se incluyeron los incrementos por concepto de Habilitación, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, Discapacidad y Movilidad Reducida que determina la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones. En el caso de aquellos proyectos que se acogieron a lo establecido en el numeral 8.1. de la resolución exenta Nº 324 (V. y U.), de 2024, si bien les fue otorgado el monto de asistencia técnica correspondiente, de acuerdo a lo señalado precedentemente, para el pago de los servicios, el Serviu deberá haber otorgado la calificación definitiva del o los proyectos.
Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que establece en las letras g.1), g.2), j) y k) del número 3 de su artículo 3º.
b) Los montos a pagar por la Fiscalización Técnica de Obras se determinan de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto, según el mecanismo expresado en la resolución exenta Nº 490 (V. y U.), de 2023, citada en el visto f).
5. Los proyectos seleccionados en el llamado dispuesto en la resolución exenta Nº 324, correspondientes a los señalados en el resuelvo 3., determinan un saldo que se resume en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, según alternativa de postulación, además de los ajustes de montos y saldos realizados al proceso de selección, de la resolución citada en el visto d), en el resuelvo 1.:
ALTERNATIVA COLECTIVA

ALTERNATIVA INDIVIDUAL
