1. Modifícase la resolución exenta Nº 75 (V. y U.), de 2025, en el sentido de reemplazar el resuelvo 4.3 por el siguiente: "4.3 De pertenecer hasta el 70% más vulnerable de la población nacional, o su equivalente de conformidad con la información que se obtenga de la aplicación del Instrumento de Caracterización Socioeconómica vigente, conforme al artículo 2º.".
    2. Establécese que la resolución exenta Nº 75 (V. y U.), de 2025, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.