ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR/A NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA
Santiago, 14 de febrero de 2025.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 569 exento.
Estos antecedentes y lo dispuesto en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el DFL N° 3, de 2016, de esta Secretaría de Estado, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto exento N° 2.167, de 12 de septiembre de 2022, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que establece orden de subrogación para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional de Menores; en el oficio ordinario N° 1157, de 26 de diciembre de 2024, de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores; en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1. Que, según se desprende de lo dispuesto en el artículo trigésimo sexto de la ley N° 19.882, el Servicio Nacional de Menores es una de las Instituciones Públicas sometidas al Sistema de Alta Dirección Pública.
2. Que el citado cuerpo legal, establece en su artículo quincuagésimo octavo que "los altos directivos públicos, tendrán en materia de remoción la calidad de empleados de exclusiva confianza de la autoridad facultada para disponer su nombramiento".
3. Que, el artículo 79 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, establece que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el titular o suplente. Asimismo, el artículo 80 del mismo cuerpo normativo dispone que en los casos de subrogación asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico, que reúna los requisitos para el desempeño del cargo.
4. Que, de acuerdo a la jurisprudencia de la Contraloría General de la República contenida en el dictamen N° 917, de 2020, "en el caso de aquellos funcionarios de planta, que pueden desarrollar -por expresa habilitación legal- labores directivas propias de los cargos de más alta jerarquía, (...), no se advierte inconveniente para que sean considerados en el referido orden de subrogación, en caso de ausencia o impedimento del Director titular, que no sea la vacancia del cargo.".
5. Que, mediante el decreto exento N° 2.167, de 12 de septiembre de 2022, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se estableció el orden de subrogación para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional de Menores, para el caso de ausencia o impedimento temporal del/la titular, que no sea vacancia del cargo.
6. Que, mediante el oficio Ord. N° 1157, de 26 de diciembre de 2024, la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores, solicitó la gestión del respectivo acto administrativo que establezca un nuevo orden de subrogación para el cargo de Director/a Nacional.
7. Que, en virtud de lo anterior y con el fin de mantener la continuidad de la función pública, y por razones de buen servicio se ha estimado necesario establecer un nuevo orden de subrogación para el cargo ya señalado.
Decreto:
1°. Se establece el siguiente orden de subrogación, para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional de Menores, para el caso de ausencia o impedimento temporal del/la titular, que no sea la vacancia del cargo, que se ceñirá al orden de precedencia que a continuación se señala:
. 1er Subrogante: Quien sirva en calidad de titular, el cargo de Director/a Regional Metropolitano del Servicio Nacional de Menores.
. 2do Subrogante: Quien sirva en calidad de titular, el cargo de Director/a Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins del Servicio Nacional de Menores.
2°. Por razones impostergables de buen servicio, el orden de subrogación que se establece en el numeral anterior, regirá a contar de la fecha de dictación del presente acto.
3°. Se deja sin efecto el decreto exento N° 2.167, de 12 de septiembre de 2022, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que estableció orden de subrogación para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional de Menores, para el caso de ausencia o impedimento temporal del/la titular, que no sea vacancia del cargo.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Jaime Gajardo Falcón, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Ernesto Muñoz Lamartine, Subsecretario de Justicia.