Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN ︱Ley Chile
  • BCN imagen
    • Acerca de la Biblioteca
    • Ubicación, horarios y teléfonos
    • Asesorías parlamentarias
    • Actualidad BCN
    • Programa Asia Pacífico
    • Boletines
    • Concursos públicos
    • Políticas de Privacidad
    • Mapa del sitio
  • Ley Chile imagen
    • Inicio
    • Acerca de Ley Chile
    • Normas destacadas imagen
      • Leyes de Quórum Calificado
      • Leyes Orgánicas Constitucionales
      • Leyes por temas
      • Leyes usadas por comisiones legislativas
      • Resúmenes de leyes
    • Historia de la Ley
    • Tratados Internacionales
    • Historia de la Constitución
    • Ley Fácil
    • Glosario
    • Llévatelo
    • Ayuda
  • Colecciones imagen
    • Catálogo
    • Estantería Digital
    • Publicaciones BCN
  • Información Territorial imagen
    • Inicio
    • Discapacidad en Chile
    • Estadísticas Territoriales
    • Elecciones Históricas
    • Mapoteca
    • Nuestro País
    • Reportes Comunales
    • Reportes Distritales
    • Reportes Regionales
  • Historia Política imagen
    • Inicio
    • Acerca de
    • Constituciones políticas y Actas constitucionales
    • Reseñas biográficas parlamentarias
    • Diarios de Sesiones e Intervenciones Parlamentarias
    • Entrevistas ex parlamentarios
    • Labor Parlamentaria
    • Mujeres en el Congreso Nacional
    • Proceso Constituyente 2021-2022
    • Proceso Constitucional 2022-2023
    • Presidentes de la República de Chile
    • El Congreso Nacional y sus edificios
    • Procesos eleccionarios
    • Partidos, movimientos y coaliciones
    • Libros y folletos sobre historia política
    • Archivo histórico de ex parlamentarias, parlamentarios y políticos
    • Documentando la historia política
  • Formación Cívica imagen
    • Inicio
    • Boletín Legislativo BCN
    • Boletín Legislativo Mujeres y Género
    • Delibera
    • Documentos y libros
    • Documentos Para el Debate Nacional
    • Evolución Constitucional
    • Guía de Formación Cívica
    • Contacto
  • Transparencia imagen
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Decreto 300

Navegar Norma

Decreto 300

  • Encabezado
  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Promulgación

Decreto 300 DETERMINA LAS AREAS JURISDICCIONALES MARITIMAS NACIONALES DESDE PUNTA PUGA A ISLAS DIEGO RAMIREZ

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Decreto 300

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 01-ABR-1993

Publicación: 05-OCT-1993

Versión: Última Versión - 27-AGO-2021

CONCORDANCIAMODIFICACION
Ocultar notas
  • Texto
  • Versiones
Escuchar
DETERMINA LAS AREAS JURISDICCIONALES MARITIMAS NACIONALES DESDE PUNTA PUGA A ISLAS DIEGO RAMIREZ

    Núm. 300.- Santiago, 01 de Abril de 1993.- Vistos y considerando:

    1. Que los principios de Derecho Internacional, sancionados, por innumerables precedentes, otorgan al Estado ribereño la facultad soberana para delimitar sus espacios jurisdiccionales marítimos con arreglo a los primeros;
    2. Que el Código Civil, en sus artículos 593 y 596, establece la anchura de las jurisdicciones marítimas nacionales, medidas desde las respectivas líneas de base;
    3. Que el Tratado de Paz y Amistad suscrito entre las Repúblicas de Chile y Argentina, de 1984, fijó en su artículo 7° el límite entre las respectivas soberanías sobre el mar, suelo y subsuelo a partir del término de la delimitación existente en el Canal Beagle, esto es, el punto fijado por las coordenadas 55°07',3 de latitud Sur y 66°25',0 longitud Oeste (punto A), hasta el punto cuyas coordenadas son 58°21',1 de latitud Sur y 67°16',0 longitud Oeste (punto F);
    4. Que el Decreto Supremo N° 416, de fecha 14 de Julio de 1977, del Ministerio de Relaciones Exteriores, determinó las Líneas de Base Rectas del litoral chileno, entre los Paralelos 41° Sur y 56° Sur, las que fueron trazadas en la Carta I.H.A. N° 5 de 1977;
    5. Que el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada, organismo oficial, técnico y permanente del Estado en todo lo que se refiere a materias de carácter marítimo, ha elaborado la Carta S.H.O.A. N°8 "Punta Puga a Islas Diego Ramírez", en la cual constan las líneas de Base Rectas, determinadas por el Decreto Supremo N° 416 citado, y en la que se establecen los puntos geográficos de la línea de base normal de las Islas Diego Ramírez;
    6. Que en base a lo anterior, se ha procedido a trazar en la Carta S.H.O.A. N° 8 el Mar Territorial de 12 millas marinas, la Zona Contigua de 24 millas marinas y el límite exterior de 200 millas marinas de la Zona Económica Exclusiva;
    7. Que la Carta S.H.O.A. N° 8 en cuestión ha sido aprobada por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente;

    Teniendo presente, además, lo previsto en el artículo 32, N°s. 8 y 17 de la Constitución Política de la República de Chile.

    Decreto:

    Artículo 1°: Las jurisdicciones marítimas nacionales de Mar Territorial de 12 millas marinas, Zona Contigua de 24 millas marinas,Decreto 95, RELACIONES EXTERIORES
Art. 1° N° 1 a), b) y c)
D.O. 27.08.2021
límite exterior de 200 millas marinas de la Zona Económica Exclusiva y límite exterior de 200 millas marinas de la Plataforma Continental, entre Punta Puga y las Islas Diego Ramírez, son las determinadas por la operación de trazado técnico que aparecen en la Carta S.H.O.A. N° 8 de 2021 "Punta Puga a Islas Diego Ramírez", a escala 1:2.000.000 del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada, anexa al presente Decreto y que debe considerarse parte integrante del mismo.

    Artículo 2°: En el espacio comprendido entre el Cabo de Hornos y el punto fijado por las coordenadas 55°07',3 de latitud Sur y 66°25',0 longitud Oeste (Punto A), el Gobierno de la República de Chile declara que los efectos jurídicos del mar territorial en sus relaciones con la República Argentina quedan limitados a una franja de 3 millas marinas medidas desde las líneas de base, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8° del Tratado de Paz y Amistad de 1984.


    Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.- Patricio Rojas Saavedra, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Cristián Barros Melet, Director General Administrativo.
 
    Se adjunta Mapa en páginas 20-21

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 27-AGO-2021
27-AGO-2021
Texto Original
De 05-OCT-1993
05-OCT-1993 26-AGO-2021

Comparando Decreto 300 |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.