MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 191 EXENTA, DE 2021, QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FUNCIONES Y DELEGACIÓN DE FIRMA Y FACULTADES DE LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE
   
    Núm. E 1.248/25 exenta.- Santiago, 20 de febrero de 2025.
   
    Vistos:
   
    La resolución exenta N° 191, de 2021, del Instituto de Salud Pública de Chile, y
   
    Considerando:
   
    Primero: Que, a través de la resolución exenta Nº 191, del 5 de febrero de 2021, este Instituto ha determinado su estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades, la que fuera modificada con posterioridad a través de la dictación de distintas resoluciones.
    Segundo: Que, con ocasión de las constantes mejoras de distintos procesos institucionales, así como implementar modificaciones derivadas de fiscalizaciones, a esta Dirección le asiste la convicción de que debe modificarse la estructura actual de la institución, lo que se efectuará a continuación en la parte resolutiva de esta resolución, y

    Teniendo presente lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; el decreto supremo Nº 1.222, del año 1996, que aprueba el reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile; la resolución Nº 6, del año 2019, de la Contraloría General de la República, y las facultades que me confiere el decreto exento Nº 32, del año 2023, del Ministerio de Salud, dicto la siguiente:
   
    Resolución:


    1. Modifícase la resolución exenta N° 191, de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile, en la forma que a continuación se indica:

    I. Sustitúyese el texto de la letra d) del número 5.9.2, correspondiente a la Sección Gestión de Productos y Servicios del Subdepto. Atención a Clientes y Usuarios, por lo que se indica:

    d) Revisar, numerar, anotar, custodiar y derivar toda la documentación asociada a las prestaciones que la institución comercializa ingresada por los clientes y usuarios, con exclusión de las facultades conferidas respecto de decomisos de medicamentos a la Sección Control de Comercio Nacional.

    II. Reemplázase la letra d) del número 6.10.5, que versa sobre la Sección Control de Comercio Nacional del Subdepto. Control y Vigilancia de Medicamentos, por una nueva del siguiente tenor:

    d) Llevar a cabo las pesquisas de los productos falsificados u otros ilegales y la investigación de decomisos por comercio ilegal, adoptando, cuando sea procedente, las medidas sanitarias previstas en el artículo 178 del Código Sanitario. Asimismo, le corresponderá recibir los decomisos de medicamentos, identificando los productos y anotando los antecedentes relacionados con cada uno de ellos.

    Anótese, comuníquese y publíquese su texto íntegro en el Diario Oficial y en la página web institucional.- María Judith Mora Riquelme, Directora (S), Instituto de Salud Pública de Chile.