REVOCA PARCIALMENTE EL DECRETO ALCALDICIO N° 2.132, DE 2023

    Núm. 236.- Concón, 22 de enero de 2025.

    Visto y teniendo presente:


    1. Lo dispuesto en la ley número 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado;
    2. Las facultades contenidas en la Ley número 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
    3. Lo dispuesto en la ley número 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos de los Órganos de la Administración del Estado;
    4. Lo dispuesto en la ley número 18.883, que fija el Estatuto Administrativo para funcionarios Municipales;
    5. El Reglamento Municipal N° 1/2019, de fecha 19 de noviembre de 2019, que aprueba la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Concón, publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de diciembre de 2019;
    6. Decreto N° 25, de fecha 7, de enero de 2020, que da cuenta de la nueva planta municipal y el encasillamiento;
    7. El decreto alcaldicio número 1.287, de fecha 25 de abril de 2023, que da cuenta de la planta municipal de Concón, y fija la planta;
    8. Decreto alcaldicio N° 2.132, de fecha 10 de julio del año 2023, que aprueba llamado a concurso público para proveer cargos en la Ilustre Municipalidad de Concón;
    9. Decreto alcaldicio N° 3.091, de fecha 16 de octubre de 2023, que nombra en calidad de titular, escalafón Técnico, grado 15, a doña Jacqueline Cabezas Arriaza, destinada a la Secretaría Municipal, OIRS;
    10. Decreto alcaldicio N° 3.089, de fecha 16 de octubre de 2023, que nombra en calidad de titular, escalafón Técnico, grado 16, a doña Paula Ximena Illanes Arellano, destinada a la Oficina de Desarrollo Económico Local, Dirección de Turismo y Fomento Productivo;
    11. Decreto alcaldicio N° 3.009, de fecha 4 de octubre de 2023, que nombra en calidad de titular Escalafón Auxiliar, grado 16, al señor Juan Sebastián Vilches Guerra, asignado a la Oficina de Operaciones como conductor;
    12. Decreto alcaldicio N° 3.088, de fecha 16 de octubre de 2023, que nombra en calidad de titular Escalafón Técnico, grado 15, a doña Camila Paloma Espinoza Calderón, destinada a Proyectos y Licitaciones Secplac;
    13. Decreto alcaldicio N° 3.090, de fecha 16 de octubre de 2023, que nombra en calidad de titular, Escalafón Técnico, grado 15, a doña Karla Andrea Díaz Contreras, destinada a Administración Municipal.

    Considerando:


    1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 inciso segundo de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, su organización interna, así como las funciones específicas que se les asignen a las unidades respectivas, su coordinación o subdivisión deberán ser reguladas mediante un reglamento municipal dictado por el alcalde, con acuerdo del Concejo Municipal conforme lo dispone la letra k) del artículo 65.
    2. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15, de la ley N° 18.883, el ingreso a los cargos en calidad de titular se hará por Concurso Público y procederá en el último grado de la planta respectiva, salvo que existan vacantes en grados superiores a éste que no hubieren podido proveerse mediante ascensos. Enseguida, el artículo 16 del mismo texto normativo dispone que el concurso público consistirá en un procedimiento técnico y objetivo que se utilizará para seleccionar el personal que se propondrá al alcalde, debiéndose evaluar los antecedentes que presenten los postulantes y las pruebas que hubieren rendido, si así se exigiere de acuerdo a las características de los cargos que se van a proveer;
    3. Que, la Municipalidad de Concón, a través del decreto alcaldicio N° 2.132, de fecha 10 de julio de 2023, aprobó las Bases administrativas del llamado a Concurso Público para proveer nueve cargos municipales; según se indican en el mismo, estos son: (1) Director de Medio Ambiente, Aseo, Ornato y Áreas Verdes, grado 8°, Escalafón Directivo; (1) Profesional grado 9°, Escalafón Profesional; (1) Técnico Contable Gestión de Personas, grado 13°, Escalafón Técnico; (1) Técnico destinado a la Dirección de Obras Municipales, Departamento de Inspección, grado 15°, Escalafón Técnico; (1) Técnico destinado a la Secretaría Municipal, OIRS, grado 15°, Escalafón Técnico; (1) Técnico destinado a Proyectos y Licitaciones Secplac, grado 15°, Escalafón Técnico; (1) Técnico destinado a la Oficina de Desarrollo Económico Local, Turismo y Fomento Productivo, grado 15°, Escalafón Técnico; (1) Técnico en Administración Municipal, grado 15°, Escalafón Técnico; (1) Auxiliar Conductor Operaciones, grado 16°, Escalafón Auxiliar;
    4. Que, por medio de los decretos registrados Nos. 3.090, 3.091, 3.089, 3.088, todos de fecha 16 de octubre del año 2023, y el decreto registrado N° 3.009, de fecha 4 de octubre del año 2023, se nombraron en calidad de titular, los siguientes cargos disponibles: Técnico Administración Municipal, Auxiliar Conductor Operaciones, Técnico destinado a Oficina de Desarrollo Económico Local, Turismo y Fomento Productivo, Técnico destinado a proyectos y licitaciones Secplac, Técnico destinado a la Secretaría Municipal, OIRS;
    5. Que, la Dirección de Control de la Municipalidad de Concón, a través de Ord. N° 002/2025, ha señalado la necesidad de declarar nulos los concursos públicos pendientes en atención a la dilación excesiva de los mismos por la sanción de decaimiento administrativo, de acuerdo a los principios de oportunidad y mérito, y en consecuencia dar inicio a un nuevo proceso a la brevedad, para proveer los cargos que se encuentren vacantes de la Municipalidad de Concón;
    6. Que, se encuentra pendiente de nombramiento de titular en el cargo de director de Medio Ambiente, Aseo, Ornato y Áreas Verdes, grado 8°, de la Planta Directiva, Código DIR-G801; Profesional, grado 9°, Código PRO-G09-01; Técnico Contable Gestión de Personas, grado 13°, Código TEC-G13-01, y Técnico destinado a la Dirección de Obras Municipales, Departamento de Inspección, Código TEC-G15-01;
    7. Que, la ley N° 18.883, que fija el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, no contempla disposiciones especiales relacionadas con la invalidación ni la revocación de los actos administrativos dictados en el marco del proceso de concurso público para la provisión de cargos, por lo que corresponde recurrir a las normas de Derecho Público que constituyen la regla general; así, el artículo 1° de la ley N° 19.880, que fija los procedimientos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, dispone que su aplicación será con carácter supletoria;
    8. Que, la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 49.703 de 2016, ha precisado que la supletoriedad significa que resultará aplicable la ley, en la medida que la materia en cuestión no haya sido prevista en el respectivo ordenamiento jurídico especial y en tanto sea compatible con la naturaleza del respectivo procedimiento específico, sin que pueda afectar o entorpecer el normal desarrollo de las etapas y mecanismos que dicho procedimiento contempla para el cumplimiento de la finalidad particular que la ley asigna.
    9. Que, el artículo 61 de la ley N° 19.880, permite la revocación de oficio de los actos administrativos por el órgano que los hubiere dictado, salvo cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente, cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o cuando por su naturaleza su regulación legal impida que sean dejados sin efecto;
    10. Que, la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, entre otros, en dictamen número 11.273 de 2020, ha precisado que la norma transcrita precedentemente se limita a regular la procedencia de la revocación, sin definirla, y ha precisado que ésta consiste en la necesidad de retirar un acto administrativo, que es válido, del ordenamiento jurídico, dejándose sin efecto por la propia autoridad que lo dictó, decisión que, por ende, se origina en razones de mérito, conveniencia u oportunidad;
    11. Que, el mismo artículo 61 citado establece que es posible la revocación de los actos administrativos por el órgano que los hubiere dictado, siempre que no se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos, lo que no ocurre respecto de los cargos que se encuentran vacantes, toda vez que la voluntad manifestada por la autoridad administrativa al llamar al proceso de selección no configuró una declaración de derechos que haya podido incorporarse en la esfera jurídica de uno o varios destinatarios en particular, sino que de una mera expectativa;
    12. Que, de acuerdo al artículo 56 de la ley 18.695, el alcalde es la máxima autoridad de la municipalidad y, en tal calidad, le corresponde su dirección y administración superior, y la supervigilancia de su funcionamiento;
    13. Que, cumpliéndose con las exigencias del artículo 61 de la ley número 19.880, teniendo a la vista los fundamentos expresados en el presente acto, esta autoridad atendida la conveniencia, mérito y oportunidad, ha alcanzado la convicción de revocar parcialmente el decreto alcaldicio número 2.132 de 10 de julio de 2023;

    Decreto:


    1. Revóquese parcialmente el decreto alcaldicio número 2.132, de fecha 10 de julio del año 2023, que aprueba bases de llamado a Concurso Público de la Municipalidad de Concón, y déjese sin efecto el llamado a Concurso Público del Cargo Técnico Contable Gestión de Personas, grado 13°, Código TEC-G13-01.
    2. Dispóngase el inicio de un nuevo proceso concursal, para lo cual deberá conformarse el comité de selección en aplicación de las normas contenidas en los artículos 15 y siguientes de la ley N° 18.883.
    3. Notifíquese por Secretaría Municipal a la Dirección de Control y Gestión de Personas, el presente acto.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Freddy Ramírez Villalobos, Alcalde.- Secretaria Municipal.