MODIFÍQUESE LA RESOLUCIÓN EXENTA ELECTRÓNICA Nº 861, DE FECHA 8 DE JULIO DE 2024, Y SU MODIFICACIÓN, DE LLAMADO A POSTULACIÓN 2024 EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES, PARA LA REGIÓN METROPOLITANA
   
    Núm. 487 exenta.- Santiago, 24 de febrero de 2025.
   
    Vistos:
   
    1. La ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado.
    2. La ley Nº 16.391 que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
    3. El DL Nº 1.305 (V. y U.) de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
    4. El DS Nº 397, de 1976, que crea el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    5. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    6. La resolución exenta Nº 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, de los Ministerios de Hacienda y, de Vivienda y Urbanismo, que autoriza a efectuar Llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el 2024 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica.
    7. La circular Nº 1, de fecha 17 de enero de 2024, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que establece Programa Habitacional correspondiente al año 2024.
    8. La resolución exenta Nº 380 (V. y U.), de fecha 9 de marzo de 2022, publicada con fecha 16 de marzo del mismo año, que regula operaciones y actos que inciden en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda del DS 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el Reglamento del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
    9. La resolución exenta Nº 861 de fecha 8 de julio de 2024, y su rectificación mediante resolución exenta Nº 1.291 de fecha 23 de agosto de 2024, esta Secretaria Ministerial, dispuso Llamado a postulación en condiciones especiales 2024 para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Vivienda y Barrios regulada por el capítulo tercero, proyectos para Condominios de Viviendas Sociales, para la Región Metropolitana.
    10. La resolución exenta Nº 271, de fecha 10 de marzo de 2022; Nº 279, de fecha 21 de marzo de 2023, y Nº 1.149, de fecha 25 de agosto de 2023, todas de esta Secretaría Ministerial, que aprueban los procesos de certificación 2022 y 2023, para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, proyectos para Condominios de viviendas Sociales y Económicas, de la Región Metropolitana.
    11. La resolución exenta Nº 579 (V. y U.), de fecha 22 de abril de 2024, que establece condiciones especiales para los nuevos llamados a efectuarse durante el año 2024, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, correspondientes a los Capítulos primero, segundo y tercero.
    12. La resolución exenta Nº 877 (V. y U.), de fecha 14 de junio de 2024 y su modificación a través resolución exenta Nº 1.433 (V. y U.), de fecha 16 de septiembre de 2024, que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo para efectuar Llamados especiales correspondientes al Capítulo III: Proyectos para Condominios de Vivienda, del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, para las regiones de Tarapacá, Valparaíso, Metropolitana, del Libertador Bernardo O'Higgins, Maule, Biobío y La Araucanía.
    13. La resolución electrónica exenta Nº 1.258, de esta Secretaría Ministerial, de fecha 5 de septiembre de 2023, que establece tramitación electrónica para este Servicio.
    14. Lo dispuesto en el DS Nº 28 (V. y U.), de fecha 17 de noviembre de 2023, que designa a la infrascrita en calidad de Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana.
    15. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
   
    Considerando:
   
    a) Que, mediante resolución exenta Nº 861 de fecha 8 de julio de 2024, y sus modificaciones mediante resolución exenta Nº 1.291 de fecha 23 de agosto de 2024 y resolución exenta Nº 1.886 de fecha 28 de octubre de 2024, esta Secretaria Ministerial, dispuso Llamado a postulación en condiciones especiales 2024 para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Vivienda y Barrios regulada por el capítulo tercero, proyectos para Condominios de Viviendas Sociales, para la Región Metropolitana.
    b) Que, es necesario traspasar saldo de 1.250,88 UF del llamado de Condominios Económicos según resolución exenta Nº 1.884 de fecha 28 de octubre del año 2024 que modifica la resolución exenta Nº 860 de fecha 8 de julio del año 2024, resuelvo 3 letra a, ejecutados a través de la resolución exenta de Asignación Nº 101 de fecha 15 de enero de 2025.
    c) Que, en atención a que las obras de reparación, mejoramiento y/o adecuación de bienes de dominio común a realizar en los condominios de viviendas económicas, configuran acciones de alta relevancia para esta Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, dicto la siguiente:
   
    Resolución:

    1º Modifícase la resolución exenta Nº 861 de esta Secretaría Ministerial, de fecha 8 de julio de 2024, en su parte resolutiva, numeral 16, por el siguiente cuadro de financiamiento:

   

    2º Téngase presente que, en todo aquello no modificado por el presente acto administrativo, rige íntegramente la precitada resolución exenta Nº 861, de fecha 8 de julio de 2024, de esta Secretaría Ministerial.
   

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carolina Casanova Romero, Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.