APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA PRESIDENTE RIESCO, COMUNA DE LAS CONDES
Núm. 725 exenta.- Santiago, 10 de febrero de 2025.
Visto:
En el DFL N° 1 de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la ley N° 21.088 que modifica la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte; en el decreto supremo N° 102 de 2019, y sus modificaciones, que reglamentan las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías y las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad para los ocupantes de los ciclos y deroga decreto supremo N° 116 de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el DFL N° 343 de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determinó la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el DFL N° 279 de 1960, del Ministerio de Hacienda, que reestructuró la Subsecretaría de Transportes; en el decreto ley N° 557 de 1974, del Ministerio del Interior, que creó el Ministerio de Transportes; en la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; resolución exenta N° 5.068 de 27 de noviembre de 2023, modificada por resolución exenta N° 5.477 de 7 de noviembre de 2024, ambas de esta Secretaría Regional Ministerial, que aprueba anteproyecto ciclovía Presidente Riesco; carta de Carlos Hernández Aracena de ITransporte S.A., en representación de Navegante Américo Vespucio SpA, de 30 de agosto de 2024; la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante carta de 30 de agosto de 2024, ingresada a oficina de partes virtual con N° E147101, de la misma fecha, Carlos Hernández Aracena, ingeniero consultor de Asesorías ITransporte S.A., en representación de Navegante Américo Vespucio SpA, solicita a esta Secretaría Regional Ministerial, revisar conforme DS N° 102/2019 y sus modificaciones, citados en el visto, proyecto denominado: "Ciclovía Presidente Riesco".
2.- Que, cabe precisar que el solicitante Asesorías ITransporte S.A. comparece en representación del interesado, Navegante Américo Vespucio SpA, conforme poder especial ante notario otorgado con fecha 2 de septiembre de 2024 y que consta en el expediente respectivo.
3.- Que, con fecha 10 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo N° 102, de 2019, que reglamenta las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por lo que la evaluación de toda ciclovía debe ajustarse a partir de dicha fecha, al procedimiento allí descrito, el que se estructura en dos etapas, la de anteproyecto y de proyecto, respecto de ciclovías no existentes a dicha fecha.
4.- Que, el interesado acredita contar con un anteproyecto aprobado mediante resolución exenta N° 5.068 de 27 de noviembre de 2023, de esta Secretaría Regional Ministerial, el que fuera modificado por resolución exenta N° 5.477 de 7 de noviembre de 2024, del mismo origen. Dicho anteproyecto se encuentra vigente de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 9 del decreto supremo N° 102, ya mencionado.
5.- Que, el interesado ha presentado una memoria explicativa que describe adecuada y detalladamente todos los aspectos señalados en el numeral 3 del artículo 10° del decreto supremo N° 102 de 2019, y sus modificaciones, en relación al diseño definitivo de la ciclovía, de lo cual da cuenta el Anexo N° 1 del presente acto. Además, adjunta el respectivo plano de diseño operativo, donde consta la señalización y demarcación respectiva.
6.- Que, teniendo presente lo señalado en los literales a) y b) del artículo 12 del decreto supremo N° 102 de 2019, se deja constancia que el proyecto contempla no contempla singularidades, ni intersecciones que requieran semaforización.
7.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, y habiéndose revisado y analizado el diseño definitivo de este proyecto de ciclovía, se concluye que aquella cumple con todos los aspectos descritos en el artículo 10, en especial, en su numeral 3., por lo que procede aprobar el proyecto presentado.
Resuelvo:
1. Apruébase el proyecto denominado: "Ciclovía Presidente Riesco", cuyo interesado es Navegante Américo Vespucio SpA, a emplazarse en la calzada norte de Av. Presidente Riesco, comuna de Las Condes, en el tramo, sentido y perfil que se indica en el siguiente cuadro:

2. Para la correcta operación de la ciclovía señalada, se deberán adoptar las medidas de gestión que se detallan en listado del Anexo N° 2, que se entiende formando parte de la presente resolución exenta.
3. Se entenderán incorporados y formando parte también de la presente resolución exenta, como Anexo N° 1 de la misma, la memoria explicativa y los planos respectivos.
4. La I. Municipalidad de Las Condes, una vez que entre en operación la ciclovía descrita, conforme a su emplazamiento, estará a cargo de realizar las labores de mantención de todos sus componentes.
5. En contra de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 59° de la ley N° 19.880, se podrá interponer recurso de reposición y/o jerárquico, conforme a derecho, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación. Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio de otros recursos administrativos o judiciales que se estimen convenientes.
6. Lo dispuesto en la presente resolución, tendrá una vigencia de tres (3) años, a partir de la fecha de su respectiva notificación.
7. La presente resolución se publicará en el Diario Oficial, mientras que los Anexos N° 1 y N° 2 señalados se publicarán íntegramente en el sitio web www.mtt.gob.cl.
Anótese y publíquese en la forma señalada.- Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.