Reemplázase el inciso final del artículo único del decreto supremo N° 1.286, de 21 de septiembre de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el siguiente:
"Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, en las Regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y la Antártica Chilena el adelanto de la Hora Oficial de Chile Continental se extenderá de manera indefinida, y corresponderá en forma permanente al huso horario tres horas al Oeste del meridiano de Greenwich (-3).".