Artículo 76.- Agrégase en el número 7) del artículo 4° de la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, a continuación de la expresión "Instituto Nacional de Derechos Humanos,", la siguiente frase: "del Consejo Directivo del Fondo Autónomo de Protección Previsional, del Consejo Asesor para las licitaciones de cuentas de capitalización individual,".