Artículo 9º: La caracterización del puerto o terminal y la descripción de su entorno contendrá:
1. El nombre y ubicación geográfica del puerto o terminal, con indicación del sector o bahía, comuna y región en que se encuentra situado y la latitud y longitud de un punto dentro del área portuaria que sirva de referencia.
Se deberán adjuntar cartas geográficas y planos con indicación de la ubicación del puerto o terminal.
2. El tipo de cargas y naves que atiende el puerto o terminal, expresados de conformidad a una convención de uso común.
3. El tipo y volumen de carga transferida en los últimos 5 años, expresados de conformidad a una convención de uso común.
4. Una descripción de los espacios terrestres que conforman el puerto o terminal, que incluya:
a) Los deslindes generales del recinto portuario;
b) La cabida y la función o uso a que estén destinadas las diferentes áreas, con sus respectivos deslindes, y
c) Los controles y autoridades que se ejerzan en relación a las actividades que se desarrollan en los recintos portuarios.
5. Una descripción de las áreas marítimas, la que comprenderá:
a) Los límites del puerto o terminal y la bahía que lo contiene, y
b) Las dimensiones, forma, límites y orientaciones de los diferentes espacios marítimos que utilizan las naves que operan en el puerto o terminal, en función del uso a que estén destinados, tales como los canales de acceso, antepuerto, zona de fondeo a la gira, zona de fondeo de larga duración, zona de fondeo prohibido, zona de cuarentena, zona de recepción de prácticos, etcétera. Del mismo modo, se especificarán los espacios y obras portuarias de uso compartido existentes.
6. El régimen de propiedad y demás derechos vigentes sobre las áreas marítimas y terrestres que conforman el puerto o terminal.
7. La descripción de la infraestructura portuaria existente, sus características constructivas, estado al momento de la formulación del Plan Maestro, dimensiones, orientación y condiciones de abrigo, apoyo o protecciones, según sea el caso.
8. Las condiciones naturales del lugar en que se encuentra ubicado el puerto o terminal, indicando las características de los tipos de playa y borde costero litoral.
9. La existencia de estudios o informes de impacto sobre el sistema de transporte, el medio ambiente y las modificaciones que hayan sido requeridas a los Planes Reguladores Comunales e Intercomunales, que tengan relación con la actividad portuaria. En caso de existir tales estudios, además deberán indicarse sus fuentes, orígenes, referencias y declaraciones que registre la autoridad marítima local, la oficina correspondiente de la Comisión Regional del Medioambiente (Corema) y la Dirección de Obras Municipales. También deberán señalarse en la caracterización del puerto o terminal, los principales impactos detectados y medidas implementadas o recomendadas para mitigarlos.
10. Indicación de otros puertos o proyectos portuarios en la Región y sus características, si la información respectiva está disponible.