MODIFICA INSTRUMENTO DE FINANCIAMIENTO DENOMINADO "GESTIÓN DE INNOVACIÓN EN PYMES" Y APRUEBA NUEVO TEXTO DE SUS BASES Y SU ANEXO
Núm. 125 exenta.- Santiago, 14 de abril de 2025.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; en el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas que regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; en el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio; en la resolución afecta Nº 71, de 2019, modificada por las resoluciones afecta Nº 32, de 2020, afecta Nº 6 y afecta Nº 61, ambas de 2023, todas de Corfo, que aprobó las normas por las que deberá regirse el Comité InnovaChile, o "Reglamento"; en la resolución afecta Nº 28 de 2020, modificada por resolución afecta Nº 136, de 2023, y por resolución afecta Nº 51, de 2024, todas de Corfo, que aprobó las Bases Administrativas Generales para los instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción; en la resolución afecta TRA Nº 58/14/2023, de Corfo, que nombra a Jocelyn Cynthia Olivari Narea en el cargo de Gerente de la Corporación y en la resolución exenta RA Nº 58/112/2025, que le encomienda la función directiva de Gerente de Innovación y de Directora Ejecutiva del Comité InnovaChile; en la resolución exenta RA Nº 889/13/2025, de Corfo, que establece orden de subrogación del Director Ejecutivo del Comité InnovaChile, y; en la Resolución Nº 36, de 2024, modificada por la resolución Nº 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, por Acuerdo Nº 3, adoptado en la Sesión Nº 68, del Consejo Directivo del Comité InnovaChile, celebrado el 16 de marzo de 2016, ejecutado mediante resolución exenta Nº 135, de 2016, de InnovaChile, se aprobó la iniciativa denominada "Gestión de Innovación en Pymes".
2. Que, por Acuerdo Nº 3, adoptado en la Sesión Nº 317, del Subcomité de Difusión Tecnológica y Entorno para la Innovación del Comité InnovaChile, celebrada el 29 de marzo de 2016, ejecutado mediante resolución exenta Nº 137, de 2016, de InnovaChile, se aprobaron los elementos técnicos señalados en la letra c) del artículo 7º del Reglamento del Comité InnovaChile, en relación con la iniciativa citada precedentemente.
3. Que, por resolución electrónica exenta Nº 168, de 2016, de InnovaChile, se creó el instrumento de financiamiento denominado "Gestión de Innovación en Pymes" y se aprobó el texto de sus bases.
4. Que, por Acuerdo Único de la Sesión Nº 514 del Subcomité de Impulso a la Innovación, celebrada el 18 de julio de 2023, ejecutado por resolución electrónica exenta Nº 297, de 2023, de InnovaChile, se modificó el Acuerdo singularizado en el Considerando 2 precedente.
5. Que, por resolución electrónica exenta Nº 299, de 2023, de InnovaChile, se modificó el instrumento de financiamiento denominado "Gestión de Innovación en Pymes" y se aprobó el nuevo texto de sus bases y su anexo.
6. Que, de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 11º del Reglamento del Comité InnovaChile, le corresponde a su Director Ejecutivo crear, en base a los respectivos elementos técnicos definidos por el Subcomité, uno o más instrumentos de financiamiento, aprobar el texto definitivo de sus bases, sus modificaciones y textos refundidos.
7. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.1 de las Bases Administrativas Generales para los instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por resolución afecta Nº 28, de 2020, modificadas por resolución afecta Nº 136, de 2023, y por resolución afecta Nº 51, de 2024, todas de Corfo, "Los Comités de Corfo podrán utilizar estas bases, si así lo dispusiere su Director Ejecutivo".
Resuelvo:
1. Modifícanse las bases del instrumento de financiamiento denominado "Gestión de Innovación en Pymes", aprobadas por resolución electrónica exenta Nº 299, de 2023, de InnovaChile, y apruébase el nuevo texto de sus Bases y su anexo, cuyo tenor es el siguiente:
BASES "GESTIÓN DE INNOVACIÓN EN PYMES"
1. Aspectos generales
1.1. Antecedentes
La innovación es un elemento fundamental en los incrementos de productividad alcanzados por un país, lo que determina su nivel de crecimiento en el largo plazo. Constituye, además, un vehículo que orienta la dirección de su desarrollo, tanto económico como social. Esto explica que la promoción de mayores esfuerzos en innovación sea un objetivo central de la política pública en países desarrollados, y crecientemente de países en desarrollo. Lo expuesto cobra especial relevancia en el caso de Chile donde, según los resultados de la última encuesta nacional de innovación (ENI 2021-2022), solo un 10,7% de las empresas declara haber innovado, mientras que, en un país en la mediana de la OECD, organización de la cual Chile forma parte, un 50% de las empresas introdujo un nuevo producto o proceso entre los años 2018 y 2020 (OECD Business Innovation Indicators). De este bajo porcentaje de empresas innovadoras en Chile, solo un 26,2% realiza I+D según la ENI (2021-2022).
Lo precedentemente señalado no sorprende, al advertir los bajos esfuerzos que se realizan en el país en investigación y desarrollo (I+D), insumo fundamental para la innovación tecnológica. En efecto, durante el año 2021 en Chile se invirtió tan solo un 0,36% del PIB en I+D (MINCYT, 2023), muy lejos del 2,72% que invierten otros países miembros de la OECD, y del 1% que se debiera estar invirtiendo en el país, según su nivel de ingreso per cápita (OECD, STI Scoreboard). Por otra parte, de la inversión total en I+D realizada a nivel nacional, las empresas privadas financiaron alrededor del 41,38%, que, si bien representa un aumento respecto de la última medición de este indicador, es aún muy inferior al 70% promedio que financia dicho sector en los países miembros de la OECD (MINCYT, 2023).
Una visión sistémica del proceso de innovación implica que éste depende de los siguientes factores: que las partes clave que componen un sistema de innovación, estén presentes; que las interacciones entre ellas se encuentren adecuadamente habilitadas; y que éstas ocurran en un contexto institucional que propicie adecuadamente el desarrollo, uso y diseminación de innovaciones. No obstante, esto no necesariamente ocurre de manera espontánea, debido a la existencia de fallas, como las de coordinación, que afectan la adecuada interacción entre las partes del sistema.
A las referidas fallas se suman aquellas clásicas de mercado vinculadas a la naturaleza de bien público y a las externalidades positivas que tiene el conocimiento, lo que dificulta su apropiabilidad por parte de quien invierte en el desarrollo del mismo; a la incertidumbre tecnológica y comercial a la que se enfrenta el desarrollo y puesta en el mercado de un producto o proceso innovador; y a las asimetrías de información que enfrentan las empresas respecto de, por ejemplo, la existencia y/o ubicación de tecnologías que puedan servir de insumo para el desarrollo de innovaciones, o bien, entre quien requiere y busca financiamiento para desarrollar un proyecto de innovación y aquellos actores que tienen los recursos.
Producto de estas fallas es que los niveles de inversión en I+D y el esfuerzo privado en innovación es menor al deseable desde un punto de vista social, justificando la intervención del sector público mediante instrumentos de política pública de diversa naturaleza.
Adicionalmente, la crisis climática y de biodiversidad a nivel global, el creciente número de conflictos socioambientales, y el estancamiento de la productividad de Chile ponen de manifiesto la urgente necesidad de avanzar hacia un nuevo modelo de desarrollo productivo que sea inclusivo y sostenible, que impulse una transformación productiva, y que promueva el desarrollo de contenido local y la sofisticación de nuestra canasta exportadora.
Para ello se requiere de la incorporación de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación en el quehacer de múltiples sectores económicos, los que en conjunto posibilitarán el cumplimiento de misiones tan importantes como la descarbonización, resiliencia climática y diversificación productiva sustentable.
Para responder a los desafíos que impone la implementación de este modelo de desarrollo productivo sostenible, se requiere de la participación activa e interacción de múltiples actores del ecosistema de innovación, dentro de los cuales las empresas adquieren un rol preponderante.
En este contexto, la participación de las empresas en el desarrollo e implementación de proyectos que requieren I+D+i para la generación de nuevos productos (bienes o servicios) y procesos de alto valor agregado, es fundamental para aportar a la transformación productiva y a la sofisticación de la economía chilena.
Por todo lo anterior, es que el Estado, a través de InnovaChile de Corfo, pone a disposición de las empresas un conjunto de instrumentos de apoyo público a proyectos de I+D e innovación empresarial, los que buscan brindar apoyo en sus distintas etapas de desarrollo.
Dentro de este abanico de instrumentos se encuentra el denominado "Gestión de Innovación en Pymes", el que tiene por finalidad contribuir a mejorar la productividad y competitividad de las empresas nacionales, de preferencia Pymes, a través del desarrollo de capacidades de innovación, promoviendo la cooperación y co-creación entre éstas y su entorno por medio de la gestión de portafolio de proyecto(s) que den respuesta y soluciones innovadoras a problemáticas y oportunidad priorizadas por las empresas.
1.2. Descripción del modelo general de intervención
Las y los interesados en postular sus propuestas a las aperturas y llamados que se realicen del presente instrumento de financiamiento, deberán considerar la implementación de un modelo de intervención que contiene un conjunto de actividades desarrolladas en forma consecutiva, y de carácter sinérgico, durante su plazo ejecución. Las actividades se categorizan de la siguiente forma:
a) Definición y validación de desafíos.
b) Introducción de prácticas para innovar en torno a los desafíos.
c) Desarrollo de perfil(es) de proyecto(s) de innovación.
Cada proyecto debe considerar la participación en calidad de beneficiarios atendidos de, al menos 5 (cinco) empresas, debiendo identificar en la postulación, al menos, un desafío en el ámbito productivo y/o tecnológico, que requiera ser abordado y resuelto a través de las actividades a ejecutarse durante el plazo de ejecución del proyecto, considerando como base el modelo general de intervención desarrollado en la siguiente figura.
Figura: "Modelo General de Intervención"

Por desafío se entenderá un área susceptible de mejoramiento, que padece una problemática, de carácter estratégico o de impacto para el negocio, desde donde se orientarán los esfuerzos de búsqueda de soluciones innovadoras de orden productivo y/o tecnológico.
El responsable de la postulación ante InnovaChile será el beneficiario o "gestor", quien deberá concurrir con un equipo de trabajo experto que trabajará en la propuesta en calidad de "asesores/as" y, además, un equipo que cumplirá la función de "panelistas", que conformará el "Panel de Expertos" (o "panel"), al cual se le sumará, con la finalidad de realizar un debido seguimiento y acompañamiento, un representante de Corfo o sus Comités en las instancias que aplique.
Las/los asesoras/es serán una o más profesionales y/o expertos(as) externos(as) a los beneficiarios atendidos, que realizarán las actividades de acompañamiento y asesorías personalizadas para dichas empresas, en materias de innovación y de gestión de ésta. Asimismo, debe(n) servir de guía en la adquisición de habilidades y competencias por parte de los beneficiarios atendidos y, además, otorgar apoyo experto en el desarrollo de perfiles de proyectos de innovación de orden productivo y tecnológico. Por lo anterior, deberán presentar en la respectiva postulación antecedentes que avalen su trayectoria en la gestión de empresas de este segmento y en materias críticas habilitantes para innovar.
Las propuestas deberán contener actividades relacionadas con la promoción e introducción de prácticas de innovación en los beneficiarios atendidos, así como otras actividades que optimicen la combinación de recursos para mejorar el desempeño organizacional, junto con el desarrollo del o de los perfiles de proyectos de innovación de orden productivo y/o tecnológico. Dichas actividades deberán contar con la participación de representantes de los beneficiarios atendidos y de los/las asesores/as, con el objeto de que, luego de realizadas, puedan aplicar las habilidades y competencias adquiridas en el desarrollo de la solución al desafío priorizado en conjunto con el Panel de Expertos.
Los integrantes del Panel de Expertos o "panelistas" serán aquellas personas externas a los beneficiarios atendidos cuyo rol será entregar, en conjunto, su visión respecto del trabajo realizado en dos instancias:
. Validación de los desafíos de innovación: entregando feedback sobre los desafíos de innovación definidos por los beneficiarios atendidos.
. Desarrollo de perfil(es) de proyecto(s): entregando feedback sobre las propuestas de perfil de proyecto de innovación que dan solución a estos desafíos.
Los panelistas deberán ser personas distintas a las que concurren en calidad de asesores/as. El Panel de Expertos deberá entregar, en ambas instancias, su feedback a todos los beneficiarios atendidos del respectivo proyecto, por lo que, deberá considerarse, por cada postulación realizada al presente instrumento de financiamiento, un mismo panel, con un máximo de 5 (cinco) y un mínimo de 3 (tres) integrantes (sin considerar al representante de Corfo y/o sus Comités).
Adicionalmente, las personas que conformen el Panel de Expertos, además, en conjunto, deberán poseer capacidades y experiencia que incorpore los siguientes enfoques a nivel organizacional-empresarial: enfoque gerencial y organizativo, tecnológico (productos/procesos/servicios) del sector productivo, comercial (interna y externa), financiero y de innovación. La incorporación de todos estos enfoques en el panel facilita que la innovación se considere desde un punto de vista amplio y en todas sus dimensiones.
En base a lo expuesto, el presente instrumento de financiamiento propone en, primer término, abordar y fortalecer a las empresas, de preferencia pequeñas y medianas empresas y a sus trabajadoras/es, dotándolas de herramientas y técnicas para que vayan desarrollando prácticas de innovación al interior de la empresa y que éstas sean sistemáticas y, en segundo término, generen espacios de vinculación entre ellas, promoviendo la colaboración, al mismo tiempo de gestionar un portafolio de perfiles de proyectos de innovación de orden productivo y/o tecnológico.
2. OBJETIVO
2.1. Objetivo General
Fortalecer las capacidades de innovación de las empresas, de preferencia Pymes, mediante el fomento de una cultura de innovación al interior de éstas, que permitan promover la colaboración, la incorporación de prácticas y rutinas de innovación de manera sistemática y actividades de gestión de portafolio de proyectos de innovación de orden productivo y tecnológico.
2.2. Objetivos específicos
a) Introducir y/o fortalecer una cultura de innovación en las empresas y sus equipos de trabajo, que permita cambios de comportamiento favorables hacia la innovación productiva o empresarial como un componente estratégico.
b) Incorporar prácticas y rutinas de innovación, de carácter permanente al interior de las empresas, que propicien la generación de procesos de aprendizaje al interior de éstas.
c) Identificar problemas, desafíos, y/u oportunidades en las empresas, que puedan ser abordados a través de soluciones innovadoras, con apoyo externo experto.
d) Instalar herramientas y procesos metodológicos pertinentes en las empresas, que les permitan el desarrollo de un portafolio de perfil(es) de proyecto de orden productivo y tecnológico, por empresa atendida, concordante con los desafíos planteados.
e) Fomentar el trabajo colaborativo de las empresas con sus clientes, proveedores, universidades u otras empresas relacionadas.
3. Resultados esperados del proyecto
a) Prácticas, rutinas y herramientas para innovar en las Pymes incorporadas.
b) Metodologías y procesos de aprendizaje incorporados para el desarrollo de perfiles de proyectos orientados a solucionar los desafíos definidos en las Pymes.
c) Redes de colaboración para innovar entre las Pymes y su entorno fortalecidas.
4. ENTIDADES PARTICIPANTES
Los participantes de un proyecto son los siguientes:
a) Beneficiario o "gestor"
Es quien postula a un subsidio para el cofinanciamiento del proyecto. En caso de que éste sea aprobado deberá firmar un convenio de subsidio con InnovaChile y será el responsable ante el Comité por su ejecución. De este modo, será sujeto activo y pasivo de todos los derechos y obligaciones que se establezcan en el convenio de subsidio, incluyendo informes detallados de los gastos y actividades, realizados por éste o terceros. Asimismo, el referido convenio de subsidio observará y estipulará las menciones dispuestas en la normativa presupuestaria correspondiente y vigente a la fecha de su celebración.
Podrán postular como beneficiario o "gestor":
. Personas jurídicas constituidas en Chile.
. Personas naturales que, al momento de postular, tengan cumplidos 18 años de edad.
Además, al momento de la postulación, en relación con el beneficiario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
. Haber transcurrido, a lo menos, 18 meses, contados desde la fecha de inicio de actividades en un giro empresarial de primera categoría, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta (D.L. 824, de 1974), el cual debe encontrarse vigente; y
. Acreditar ingresos por ventas dentro de los 18 meses previos a la postulación (no necesariamente en todos los meses).
El beneficiario deberá poseer capacidades técnicas suficientes para ejecutar la mayor parte de las actividades planteadas, lo que será evaluado por InnovaChile. Asimismo, el beneficiario deberá demostrar capacidad financiera para ejecutar el proyecto.
Cada proyecto deberá considerar la participación de un beneficiario o "gestor".
b) Beneficiarios atendidos (participación obligatoria)
Son personas jurídicas o naturales, cuya participación dará pertinencia al proyecto y que serán objeto de la implementación del modelo de intervención por parte del beneficiario o gestor.
Podrán participar en calidad de beneficiarios atendidos:
. Personas jurídicas constituidas en Chile.
. Las sociedades de profesionales referidas en el artículo 42 Nº 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que tengan inicio de actividades y hayan optado por declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la primera categoría.
. Personas naturales que, al momento de la postulación, tengan cumplidos 18 años de edad.
Además, las personas jurídicas constituidas en Chile y las personas naturales, al momento de la postulación, deberán tener inicio de actividades en un giro de primera categoría del Impuesto a la Renta, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del D.L. 824, de 1974.
Cada proyecto deberá considerar, desde la postulación, la participación de un mínimo de 5 (cinco) beneficiarios atendidos, de los cuales, al menos el 80%, debe corresponder a pequeñas o medianas empresas (PYMES), de acuerdo con el nivel de ventas que se señala en la siguiente tabla. El porcentaje restante puede estar conformado, total o parcialmente, por micro y/o grandes empresas. En el caso de considerarse la participación de microempresas, éstas deberán acreditar un nivel de ventas mínimo de 600 UF:

(*) Los ingresos por ventas anuales que se considerarán para determinar el tamaño de cada beneficiario atendido serán los correspondientes al año calendario anterior al de la postulación del proyecto.
Para acreditar el nivel de ventas anuales de los beneficiarios atendidos, se deberá presentar, en la postulación, respecto de cada uno, antecedentes necesarios para acreditar que su nivel de ingresos por ventas anuales es coherente con el rango de ventas (correspondientes al año calendario anterior al de la postulación del proyecto) declarado en la postulación.
El cumplimiento del nivel de ventas declarado, así como el requisito de que, al menos el 80% de los beneficiarios atendidos clasifique como pequeña o mediana empresa, serán verificados en el análisis de admisibilidad.
Para determinar el cumplimiento de los requisitos antes establecidos, se usará como referencia el valor de la UF del día 31 de diciembre del año anterior al de postulación.
En caso de que, respecto del nivel de ventas no se acompañe información, o la acompañada, dé cuenta de que los ingresos por ventas declarados en la postulación son inferiores a 600 UF, no se considerará la participación en el proyecto del (de los) respectivo(s) beneficiario(s) atendido(s). Si producto de lo anterior la propuesta no cuenta con el número mínimo de beneficiarios atendidos exigidos, o bien, no se cumple con los porcentajes mínimos de cofinanciamiento, el proyecto será declarado no admisible. Si producto de lo anterior y/o del resultado de admisibilidad realizado de conformidad con el número 3 de la letra a), y/o con el número 8 de la letra b), ambas del número 12.1 de las presentes bases, la propuesta no cuenta con el número mínimo de beneficiarios atendidos exigidos, o bien, no se cumple con los porcentajes mínimos de cofinanciamiento, el proyecto será declarado no admisible.
Asimismo, en caso de que en la postulación no se cumpla con el requisito de que, al menos el 80% de los beneficiarios atendidos clasifique como pequeña o mediana empresa, el proyecto será declarado no admisible.
c) Asociado (participación opcional)
Es un participante que cofinancia la ejecución del proyecto, a través de aportes "nuevos o pecuniarios" (en efectivo) y/o "preexistentes o valorizados" y podrá participar de los resultados del proyecto.
Podrán participar como asociados una o más personas jurídicas, nacionales o extranjeras.
Por proyecto, podrá considerarse opcionalmente la participación de una o más entidades en calidad de asociados.
d) Coejecutor (participación opcional)
Son participantes que poseen capacidades complementarias para la ejecución de parte de las actividades que, en la propia formulación del proyecto, se consideran críticas para lograr un buen resultado de éste. Además, podrá aportar al cofinanciamiento del proyecto.
Podrá considerarse opcionalmente, en calidad de coejecutor, la participación de una o más personas jurídicas constituidas en Chile.
El coejecutor debe poseer capacidades técnicas necesarias para la ejecución de determinadas actividades. El beneficiario podrá transferir parte del subsidio de InnovaChile al coejecutor para financiar actividades de este último, y la relación entre estos participantes se formalizará a través de un "convenio de coejecución". Para esta categoría de participación deberán observarse las instrucciones y requisitos que se establecen en el Anexo Nº 2 de las Bases Administrativas Generales.
Cada persona jurídica o natural, según corresponda, y cumpliendo los requisitos que se señalan para cada caso, sólo podrá participar en una categoría de las anteriormente señaladas. Así, por ejemplo, la entidad que participe en calidad de "beneficiario atendido", no podrá participar en calidad de "beneficiario" y viceversa.
5. PLAZOS
El plazo de ejecución del proyecto es de hasta 12 (doce) meses. Dicho plazo podrá prorrogarse, previa solicitud fundada del beneficiario, presentada antes del vencimiento del plazo en ejecución. El plazo total del proyecto, incluidas sus prórrogas no podrá exceder de 16 (dieciséis) meses.
Asimismo, en el respectivo acto de focalización, InnovaChile podrá determinar plazos inferiores a los indicados precedentemente y/o no permitir prórrogas.
6. Cofinanciamiento
6.1. Subsidio InnovaChile
InnovaChile cofinanciará hasta el 70,00% del costo total del proyecto, con un tope de hasta $7.200.000.- (siete millones doscientos mil pesos chilenos) por cada beneficiario atendido.
Asimismo, el tope a cofinanciar por proyecto es de hasta $72.000.000.- (setenta y dos millones de pesos).
Sin perjuicio de lo señalado, al momento de la adjudicación de cada proyecto, se podrá aprobar un monto de subsidio y/o un porcentaje de cofinanciamiento inferior a los máximos indicados.
Dependiendo de la naturaleza de la focalización temática o geográfica que en su caso se efectúe, y/o de la disponibilidad presupuestaria, InnovaChile podrá establecer en el respectivo acto de focalización, para cada apertura o llamado un monto y/o porcentaje de cofinanciamiento por proyecto inferior a los indicados precedentemente.
6.2. Aporte de los participantes
Los participantes (beneficiario, beneficiarios atendidos, y eventuales coejecutor(es) y/o asociado(s)), deberán aportar el financiamiento restante, conforme al detalle de la siguiente tabla:

De acuerdo con el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, se entiende por aportes "nuevos o pecuniarios" aquellos que tiene su causa en la ejecución del proyecto y que, de no haberse iniciado éste, no se hubiese incurrido en ellos. En otras palabras, no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos, y otros, ya existentes en el participante aportante y/o en los demás participantes, al momento de la postulación.
6.3. Aumento del porcentaje de cofinanciamiento para proyectos con 30% o más de beneficiarios atendidos que categoricen como "empresas lideradas por mujeres".
Sin perjuicio de los porcentajes máximos de cofinanciamiento indicados en el número 9.1 anterior, o que se determinen en el respectivo acto de focalización, en su caso, los postulantes podrán optar a que se aplique, en caso de ser aprobado su proyecto, un aumento del porcentaje de cofinanciamiento, en la medida que, al menos un 30,00% del total de beneficiarios atendidos admisibles del proyecto, corresponda a "empresas lideradas por mujeres".
Se considerará como una "empresa liderada por mujeres", a los postulantes en calidad de beneficiario atendido que cumplan, a la fecha de postulación y durante todo el plazo de ejecución del proyecto, con los requisitos señalados en las "Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres", aprobadas por resolución exenta Nº 481, de 2018, de InnovaChile.
Para estos efectos, el postulante deberá indicar, al momento de la postulación, declarándolo así en el formulario, si opta al aumento de hasta un 10,00% más de porcentaje de cofinanciamiento (en relación con el costo total del proyecto) por sobre los máximos establecidos en las presentes bases, y en el tope de financiamiento por beneficiario atendido. Como contrapartida y consecuencia de lo anterior, el porcentaje de aportes "nuevos o pecuniarios" mínimo se reducirá hasta en un 10,00%. En estos casos, y de verificarse en su oportunidad el cumplimiento, respecto de, al menos, el 30% de los beneficiarios atendidos admisibles, de los requisitos para ser considerados una "empresa liderada por mujeres", no se aplicará la exigencia de que, a lo menos, el 15,00% del costo total del proyecto correspondan a aportes "nuevos o pecuniarios".
El aumento del porcentaje de cofinanciamiento será aplicado una vez que el proyecto haya sido aprobado y se haya verificado que éste cumple con los requisitos para obtener el aumento de cofinanciamiento, por lo que, durante la postulación, se deberá formular el presupuesto de acuerdo con los montos y porcentajes indicados en los números 6.1 y 6.2 anteriores, o que se determinen en el respectivo acto de focalización, según corresponda.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución señalada, en relación con el porcentaje mínimo de beneficiarios atendidos indicado en el primer párrafo de este numeral, se verificará durante la formalización de los proyectos. En caso de no cumplimiento, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje de aportes "nuevos o pecuniarios", de acuerdo con las reglas generales.
El aumento de porcentaje de cofinanciamiento, en ningún caso podrá significar la entrega por proyecto de un subsidio por sobre $82.285.714.- (ochenta y dos millones doscientos ochenta y cinco mil setecientos catorce pesos), ni de $8.228.571.- (ocho millones doscientos veintiocho mil quinientos setenta y un pesos) por beneficiario atendido, o los montos que se determinen en el respectivo acto de focalización, de conformidad con lo señalado en el número 6.1 precedente.
7. Actividades y gastos financiables
Se podrán financiar (con subsidio y/o aportes) las siguientes actividades y gastos:
a) Equipo de trabajo del proyecto, cuya participación sea necesaria y esté directamente vinculada a la ejecución de éste, el que deberá presupuestarse en la cuenta "Recursos Humanos", debiendo cumplirse con lo siguiente:
. Con recursos del subsidio se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal preexistente y/o nuevo del beneficiario y/o coejecutor(es).
Respecto del personal preexistente del beneficiario y/o coejecutor(es), que esté vinculado al desarrollo de las actividades del proyecto, se podrá destinar hasta un 30,00% del subsidio, con tope de $21.600.000.- (veintiún millones seiscientos mil pesos).
Sin perjuicio de lo anterior, respecto de proyectos en que, al menos un 30,00% del total de beneficiarios atendidos admisibles del proyecto, corresponda a "empresas lideradas por mujeres", no aplicará el referido tope.
. Mediante aportes del beneficiario, beneficiarios atendidos, asociados y/o coejecutor(es), se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal nuevo y/o preexistente de los mismos.
Se entiende por personal preexistente el que esté contratado por el participante al momento de la postulación.
b) Se financiarán las actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos y la obtención de los resultados comprometidos, tales como:
a) Actividades que tenga por finalidad la promoción, introducción y fortalecimiento de las prácticas para innovar en las empresas a ser atendidas.
b) Realización de talleres, seminarios, mesas de trabajo u otras, que potencien los impactos de los proyectos obtenidos del trabajo con los desafíos.
c) Contratación de asesores y relatores.
d) Contratación de panelistas (mínimo 3 y máximo 5).
e) Ensayos previos experimentales que permitan pre-evaluar la viabilidad del proyecto.
f) Actividades asociadas al desarrollo de las pruebas de concepto, experimentación y pruebas de ensayo y error.
g) Costos financieros de garantías de fiel cumplimiento del convenio y de anticipos del subsidio.
h) Otras actividades y/o gastos pertinentes y relevantes, a juicio de InnovaChile, que sean consideradas críticas y estrictamente necesarias para el cumplimiento de los objetivos del proyecto y se enmarquen en los o bjetivos y resultados esperados del instrumento de financiamiento.
El beneficiario y cada coejecutor, deberán utilizar para todas las adquisiciones y contrataciones que efectúe en el contexto de ejecución del proyecto, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en la cuenta "Gastos de Operación", el procedimiento señalado el anexo 11 de la resolución exenta Nº 443, de 2020, modificada por resolución exenta Nº 131, de 2023, ambas de Corfo, que "Aprueba Manual para la Rendición y Seguimiento Financiero de Proyectos Financiados y/o Cofinanciados por Corfo y sus Anexos".
8. Contenidos del proyecto
Las postulaciones deberán contener la descripción del proyecto para cuya ejecución se solicita financiamiento, el cual deberá contener la siguiente información, de acuerdo con los detalles y requisitos que se señalen en el formulario de postulación:
a) Objetivos
Se debe definir un objetivo general y objetivos específicos que deberán estar alineados con el objetivo del instrumento de financiamiento.
b) Participantes
i. Beneficiario o gestor: descripción del gestor del proyecto, en relación con su experiencia en el desarrollo e implementación de métodos y herramientas orientadas a la gestión de la innovación y el trabajo colaborativo en empresas, así como la descripción de las capacidades de gestión técnicas, financieras y de infraestructura que lo avalan para la ejecución del proyecto.
Respecto del beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile (incluidas las sociedad es de profesionales):
. Transcripción literal del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos.
. Explicar fundadamente la pertinencia del objeto social o finalidad transcrita, en relación con las actividades a desarroll ar para la obtención del objetivo del proyecto.
Además, se debe identificar a los asesores y panelistas que conformarán el "Panel de Expertos", esto es, al equipo de trabajo que el beneficiario gestor dispondrá para la ejecución del proyecto, adjuntando respecto a cada integrante, su currículum, que dé cuenta de sus capacidades técnicas y experiencia en el desarrollo e implementación de métodos y herramientas orientadas a la gestión de la innovación (entre otras de prototipaje y validación de soluciones innovadoras), gestión en empresas, asistencia personalizada individual a empresas y trabajo colaborativo en empresas.
En el caso de panelistas (integrantes del Panel de Expertos), adicionalmente se deberá indicar el enfoque organizativo-empresarial que aportará en su conformación, esto es: enfoque gerencial y organizativo; tecnológico (productos/procesos/servicios) del sector productivo; comercial (interna y externa); financiero y de innovación.
ii. Coejecutor (si corresponde): descripción de sus capacidades técnicas pertinentes con los objetivos del proyecto, identificando, además, a las/los integrantes del equipo de trabajo, sus capacidades técnicas y experiencia relevante en el ámbito del proyecto, y cómo complementa las capacidades y actividades que serán desarrolladas por el gestor.
iii. Asociado (si corresponde): Descripción breve institucional, y descripción de sus capacidades para poder realizar sus aportes "nuevos o pecuniarios" al proyecto.
c) Caracterización de los beneficiarios atendidos
i. Identificación precisa de cada uno de los beneficiarios atendidos, indicando su nombre o razón social, RUT, teléfono y correo electrónico de contacto, sector económico al que pertenecen, ingresos por ventas anuales y número de empleados directos. Además, deberá existir un compromiso de su participación, el cual se verificará mediante la entrega de una carta de manifestación de interés y compromiso de aportes (compromiso de aportes es opcional) por cada beneficiario atendido. Las referidas cartas deberán ser presentadas al momento de la postulación, conforme con el modelo contenido en el Anexo de estas bases. Lo anterior, será verificado en el análisis de admisibilidad de las propuestas.
ii. Identificación y profundización del(de los) desafío(s) productivo(s) y/o tecnológico(s) de cada uno de los beneficiarios atendidos y el potencial que significará para el desarrollo de capacidades de innovación para la mejora de su competitividad y productividad en el sector al que pertenecen.
El/los desafío(s) debe(n) tener como mínimo los siguientes elementos: objetivo claro; atributos medibles que permitan verificar el cumplimiento del objetivo; límites que definan las áreas que no se pretende explorar; y el impacto que generará en el negocio la solución del mismo.
iii. Descripción de las vinculaciones y áreas de trabajo colaborativo entre los beneficiarios atendidos, relacionadas con su ámbito productivo y/o territorial, para el desarrollo de las actividades del proyecto y la sustentabilidad de éste una vez finalizada su ejecución.
iv. Descripción del equipo de trabajo de los beneficiarios atendidos que participará en las actividades del proyecto y caracterización en lo relativo a su estructura organizacional.
v. En caso de optar por el cofinanciamiento adicional señalado en el número 6.3 de las presentes bases, se deberá identificar qué beneficiarios atendidos corresponden a "empresas lideradas por mujeres".
vi. Acompañar los antecedentes que den cuenta de los ingresos por ventas declarados en la postulación, respecto de cada beneficiario atendido.
d) Coherencia de la propuesta - Metodología
i. Propuesta metodológica: detallada de conformidad al modelo general de intervención descrito en el numeral 1.2 de las presentes bases, complementándolo con el (o los) modelo(s) de intervención que el beneficiario o gestor disponga, debiendo ser éste pertinente y coherente con la realidad de las empresas a atender y con sus desafíos (por ejemplo: design thinking, customer development, customer journey, metodologías ágiles, entre otras).
Asimismo, se debe realizar una descripción detallada de los procesos, mecanismos, métodos, estrategias y/o técnicas mediante las cuales se propone el desarrollo y ejecución del plan de trabajo, que asegure el logro efectivo de los resultados comprometidos.
ii. Plan de trabajo: Se deberá detallar las actividades a realizar, tiempos, plazos y responsables de su ejecución, las que deben ser coherentes con todos los componentes del proyecto (objetivos, resultados y presupuesto solicitado) que sean conducentes al logro y al debido cumplimiento de éstos.
El plan de trabajo deberá considerar, al menos, los siguientes elementos:
. Definición y validación de desafíos: propuesta de actividades para definir la(s) oportunidad(es) y/o desafío(s) de innovación. Además, se deberán considerar como mínimo la realización de las siguientes actividades:
. Primera constitución del Panel de Expertos que evaluará y retroalimentará los desafíos de innovación propuestos en la postulación para cada empresa (el panel deberá ser el mismo para todas las empresas del proyecto).
. Propuesta de actividades para la validación de los desafíos de innovación propuestos para cada empresa, por parte del Panel de Expertos.
. Introducción de prácticas y herramientas para innovar en torno a los desafíos: propuesta de actividades para el fortalecimiento e instalación de prácticas y herramientas en las empresas, que permitan indagar y buscar posibles soluciones productivas y/o tecnológicas novedosas a los desafíos planteados.
Se deberá considerar la intervención de los asesores en gestión de empresas e innovación, los que deberán considerar, a lo menos, la ejecución de las siguientes actividades:
. Capacitación y asesoramiento a empresas, a través de la intervención de dichos asesores expertos en gestión de empresas e innovación (visitas individuales y personalizadas a cada beneficiario atendido).
. Realización de talleres, cursos de capacitación, mentoría y cualquier otra actividad que ayude a iniciar un cambio al interior del beneficiario atendido, respecto del rol, fin y alcances de la innovación.
. Realización de actividades de gestión de empresas, que permitan optimizar los recursos internos de la empresa para mejorar su desempeño organizacional.
. Realización de talleres de co-creación, colaboración y cooperación con clientes, consumidores, empresas competidoras y proveedores.
. Desarrollo de actividades de asistencia personalizada para el desarrollo de perfiles de proyectos de innovación (por ejemplo: generación del portafolio de ideas, experimentación, prototipos de baja resolución, ensayos, desafíos y posibles soluciones).
. Desarrollo de perfiles de proyecto(s) de innovación: Propuesta de actividades que den cuenta del proceso de gestión de portafolio de perfiles de proyectos a realizar en función de los desafíos priorizados por los beneficiarios atendidos.
Se deberá considerar, a lo menos, la ejecución de las siguientes actividades:
. Desarrollo de un perfil(es) del (de los) proyecto(s) de innovación, que considere(n) actividades, tales como; diseño básico, pruebas de concepto, desarrollo del prototipo, validaciones preliminares, entre otros.
. Segunda constitución del panel de expertos que evaluará y retroalimentará las soluciones productivas y tecnológicas a los desafíos que presentará cada empresa (será el mismo para todas las empresas).
. Propuesta de actividades para la validación de las soluciones productivas y tecnológicas a los desafíos de innovación, para cada empresa, por parte del panel de expertos. En esta instancia se deberá contemplar la participación de un representante de Corfo y/o sus Comités.
. Para cada solución validada, presentación de perfil de actividades relacionadas con el desarrollo de pruebas piloto, rediseño, demostración y potencial producción de la solución.
iii. Dedicación horaria del equipo de trabajo: Se deberá indicar el detalle de la dedicación horaria de los profesionales y/o expertos del equipo de trabajo (asesores y panelistas) y su contribución al cumplimiento de los objetivos del proyecto, considerando: su participación e intensidad de horas en asistencias técnicas personalizadas, intervenciones técnicas grupales con los beneficiarios atendidos, entre otros.
iv. Presupuesto: Se deberá elaborar de acuerdo con las siguientes cuentas presupuestarias: "Recursos Humanos", "Gastos de Operación", y "Gastos de Administración" descritas en el subnumeral 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales. Debe especificar el cofinanciamiento solicitado a InnovaChile y el monto y naturaleza de los aportes comprometidos por cada uno de los participantes, así como la naturaleza de los mismos (aportes "nuevos o pecuniarios" y "preexistentes o valorizados"). Asimismo, el presupuesto debe ser calculado sobre la base de costos reales que observen condiciones de mercado, demostrables y coherentes con la envergadura y complejidad técnica de las actividades a realizar, con el plazo en que éstas se llevarán a cabo y con la capacidad financiera del postulante. InnovaChile, en atención al principio del correcto uso de los recursos públicos, podrá ajustar a valores de mercado las partidas que corresponda.
e) Coherencia de la propuesta - Modelo de colaboración
Descripción detallada del modelo y de los mecanismos propuestos para fortalecer la colaboración entre los beneficiarios atendidos y su entorno. Además, se deberá detallar su coherencia con las actividades del plan de trabajo propuesto.
f) Resultados e indicadores
i. Resultados: descripción de los resultados esperados en relación, al menos, con los siguientes aspectos:
. Vinculación con los objetivos del instrumento de financiamiento, además de los objetivos comprometidos en el proyecto que se postula.
. Instalación de una cultura de innovación en los beneficiarios atendidos, que contemple cambios de comportamiento en relación con la propensión a innovar en éstas.
. Redes de colaboración adquiridos en el marco del proyecto, tanto de manera individual como colectiva.
. Aplicación práctica de herramientas y sistematización de aprendizajes relacionadas con la experimentación, desarrollo de pruebas de concepto, prototipaje y validación del (de los) proyecto(s) de innovación.
. Utilización de prácticas, rutinas y herramientas para innovar en los beneficiarios atendidos, como mecanismo de formalización de sus procesos de innovación.
. Definición y abordaje de áreas de trabajo estratégicas al interior de los beneficiarios atendidos, que les permitan, por medio de las potenciales soluciones al desafío planteado, mejorar sus capacidades de innovación.
. Desarrollo y presentación de, al menos, un perfil de proyecto por beneficiario atendido de orden productivo y/o tecnológico, relacionado con los desafíos identificados.
. Otros pertinentes al proyecto.
ii. Indicadores: Identificación de indicadores de acuerdo con los resultados propuestos, sus metas, plazos, medios de verificación y supuestos relacionados. Deberá definirse, al menos, un indicador por resultado planteado.
g) Antecedentes para la bonificación establecida en la ley Nº 21.561 a las empresas de menor tamaño, que hayan implementado de forma anticipada la reducción de jornada laboral.
Informar, respecto de cada beneficiario atendido, si se le otorgó o no, por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifica que, de conformidad con los requisitos establecidos por la Subsecretaría del Trabajo, implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley Nº 21.561, señalando su fecha de vencimiento. En caso afirmativo, deberá adjuntar la(s) respectiva(s) resolución(es) y, además, los antecedentes que permitan acreditar que es(son) empresa(s) de menor tamaño, de acuerdo con el artículo segundo de la ley Nº 20.416 (que, para efectos del presente instrumento, se entenderá como aquella que ha tenido ingresos por ventas que no exceden las 100.000 UF(¹) en el último año calendario).
InnovaChile, en todo momento, podrá solicitar, de ser necesario, los antecedentes pertinentes para verificar que el referido sello se encuentra vigente en la instancia de la adjudicación.
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(1) Para estos efectos, se utilizará el valor de la U.F. del día 31 de diciembre del año anterior al de postulación.
9. Evaluación
9.1. Aspectos generales
De forma previa a la evaluación, y de acuerdo con lo dispuesto en el número 5 de las Bases Administrativas Generales, InnovaChile realizará un análisis de admisibilidad de los proyectos. Aquellos proyectos que cumplan con todos los requisitos de dicho análisis (detallados en el número 12.1 de estas bases), avanzarán a la etapa de evaluación.
9.2. Criterios de evaluación
Los proyectos serán evaluados con notas de 1 a 5. Los criterios y ponderadores de evaluación son los siguientes:


Para que un proyecto sea presentado a la instancia de decisión con "recomendación de aprobación", deberá obtener una nota mínima de 3,00 en cada uno de los criterios de evaluación.
De conformidad con lo señalado en el artículo séptimo transitorio de la ley Nº 21.561, se otorgará un puntaje adicional, consistente en una bonificación de hasta un 5% sobre la nota final obtenida, según el porcentaje de beneficiarios/as atendidos que participan en el proyecto, que cumplan con los siguientes requisitos copulativos:
a) Corresponda a una empresa de menor tamaño.
b) Se le haya otorgado, por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifique que implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley Nº 21.561 y éste se encuentre vigente al momento de la decisión de adjudicación.
En este caso, la fórmula de cálculo de la bonificación es la siguiente:

En caso de producirse un empate, en la nota final obtenida por dos o más proyectos, se preferirá al proyecto que tenga la mayor cantidad de beneficiarios atendidos del grupo que cumplen los requisitos.
De persistir aún el empate, se privilegiará el proyecto que haya sido postulado primero.
Como resultado de la evaluación, y sólo en aquellos casos en que el instrumento se ponga a disposición de los interesados en la modalidad de concurso, se elaborará un ranking preliminar, el cual será presentado al órgano de decisión respectivo, el que determinará el ranking definitivo y decidirá sobre la aprobación y rechazo de los proyectos, teniendo en consideración la disponibilidad presupuestaria.
Sin perjuicio de lo anterior, en aquellos casos en que el instrumento se ponga a disposición de los interesados en la modalidad de concurso, agotada la disponibilidad presupuestaria, y siguiendo el mismo orden descendente del ranking definitivo, el órgano asignador podrá establecer una lista de espera, sujeto a que en el plazo que se defina por dicho órgano, se verifique, una o más veces, alguna de las siguientes condiciones:
. Se incremente la disponibilidad presupuestaria.
. Que alguno(s) de los proyectos adjudicados no se formalice, o se termine anticipadamente, con anterioridad a la entrega de la única o primera cuota del subsidio.
Cumplido el plazo definido por el órgano asignador, aquellos proyectos que, debido a su posición en el ranking definitivo, no hayan avanzado lo suficiente en la lista de espera para entenderse adjudicados, se entenderán definitivamente rechazados.
En la etapa de decisión, se podrán incorporar condiciones de adjudicación y/o de formalización a los proyectos aprobados, pudiendo establecerse modificaciones técnicas y/o presupuestarias que se consideren pertinentes, sin que éstas alteren la naturaleza y el objetivo general de los proyectos.
10. Seguimiento y acompañamiento
Además de los informes que el beneficiario debe entregar de acuerdo con lo dispuesto en el número 11.2 de las Bases Administrativas Generales, se deberán entregar los siguientes informes:
10.1. Hito técnico de continuidad al mes 3
Todo proyecto contempla la entrega de un informe de hito técnico de continuidad, en el cual el beneficiario deberá reportar, conforme a los formatos definidos por InnovaChile, hasta el mes 3 (tres) de ejecución, al menos, lo siguiente:
. Definición del (o los) desafío(s) y/u oportunidades de innovación de cada uno de los beneficiarios atendidos, indicando claramente el proceso metodológico, las actividades realizadas para llevar a cabo dicha definición, así como las personas participantes de cada uno de los beneficiarios atendidos, en conjunto con el rol que cumplieron en el proceso de determinación del desafío y/u oportunidad.
. Actividades desarrolladas y resultados de la validación de los desafíos de innovación por parte del Panel de Expertos para cada uno de los beneficiarios atendidos.
InnovaChile efectuará una evaluación del grado de avance informado y de los resultados presentados, pudiendo solicitar antecedentes, y la modificación o complementación del mismo. El/La director/a Ejecutivo/a de InnovaChile, o, en su caso, la autoridad regional de Corfo o sus Comités que corresponda conocerá y resolverá sobre la aprobación o rechazo de la continuidad del proyecto, pudiendo establecer condiciones técnicas y/o presupuestarias, siempre que éstas no alteren el objetivo principal, ni la naturaleza del proyecto formulado.
El plazo de entrega del informe de hito técnico de continuidad, excepcionalmente, podrá ser prorrogado por la Dirección Ejecutiva de InnovaChile, previa solicitud fundada del beneficiario.
Sin perjuicio de lo señalado en el presente numeral, el Subcomité en el acto de adjudicación y/o ejecución del proyecto, podrá establecer plazos distintos o bien, eliminar el hito técnico de continuidad.
10.2. Actividades obligatorias de acompañamiento
Desde la fecha en que se le comunica la aprobación de su proyecto y hasta el término de su plazo de ejecución, el beneficiario deberá participar obligatoriamente en ciertas actividades de acompañamiento que InnovaChile fijará, con la finalidad de entregarle información, medios y/o herramientas que puedan resultarle útiles para el cumplimiento de los objetivos y/o resultados de su proyecto.
Los lugares, medios, fechas y horas de dichas actividades obligatorias serán oportunamente informados por InnovaChile, con una anticipación no inferior a 7 (siete) días hábiles anteriores a la fecha de su realización. Asimismo, en dicha oportunidad, se indicarán los requisitos, contenidos y formato de la actividad, así como la o las personas del equipo de trabajo (incluye directores de proyecto) que deban asistir.
En casos fundados, y excepcionalmente, InnovaChile podrá autorizar que el beneficiario o ciertas personas de su equipo no participen en alguna de estas actividades, y determinará las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los fines de la actividad, como, por ejemplo, autorizar la asistencia de otra(s) persona(s) distintas a las originalmente convocadas. Para esta decisión, InnovaChile tomará en consideración, entre otros, el nivel de participación del Beneficiario en otras de las actividades del proyecto.
Si el beneficiario no participare en las actividades, sin contar con autorización previa para aquello, InnovaChile podrá ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del convenio que se encuentre en su poder y, en caso de reiteración, y según corresponda, podrá tener por desistido el proyecto o darle término anticipado, aplicándose a la devolución del subsidio las reglas establecidas en el numeral 14.1.3.2, de las Bases Administrativas Generales.
11. Aspectos Presupuestarios
11.1. Cuentas presupuestarias
Las actividades y/o gastos del proyecto financiadas con subsidio y/o aportes, deberán ser presupuestados de conformidad con las siguientes cuentas presupuestarias: "Recursos Humanos", "Gastos de Operación" y "Gastos de Administración", descritas en el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, considerando adicionalmente:
. Gastos de Administración: el monto del subsidio para la cuenta Gastos de Administración, no podrá exceder el monto de $2.000.000.- (dos millones de pesos).
11.2. Garantía de fiel cumplimiento del convenio
El monto de la garantía de fiel cumplimiento del convenio, que deberá(n) entregarse deberá corresponder, al menos, a 30 UF. En caso de que durante la ejecución del proyecto esta garantía sea ejecutada, sin que se dé término anticipado al mismo, se deberá entregar una nueva garantía por este concepto, por el mismo monto antes indicado, de acuerdo con las instrucciones y dentro de los plazos comunicados por InnovaChile.
11.3. Gastos relativos a evaluaciones de continuidad
Hasta la fecha de entrega del informe de hito técnico de continuidad, sólo se podrán realizar, con cargo al subsidio, aquellos gastos que estén directamente relacionados con la obtención de los resultados parciales considerados para dicho período, y que correspondan a actividades que hayan sido ejecutadas dentro del mismo.
Durante el período de revisión de la continuidad del proyecto y hasta la notificación de la decisión respectiva, se podrán reconocer los gastos básicos y estrictamente necesarios para la continuidad operativa del equipo de trabajo, arriendos u otros de naturaleza similar. Hasta la notificación de la decisión de continuidad del proyecto, no podrán realizarse contrataciones, salvo autorización previa de InnovaChile.
12. Bases Administrativas Generales
En cuanto a los procesos y trámites que deberán cumplirse desde la etapa de orientación de los postulantes y/o la postulación misma, hasta el término del proyecto y del convenio de subsidio celebrado entre InnovaChile y el beneficiario, aplicarán las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por resolución afecta Nº 28, de 2020, modificada por resolución afecta Nº 136, de 2023, y por resolución afecta Nº 51, de 2024, todas de Corfo.
12.1. Requisitos de admisibilidad
a) Admisibilidad de los participantes
Fiscalía de Corfo verificará que el respectivo proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos:

b) Admisibilidad del proyecto
InnovaChile verificará que el respectivo proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos:


Para la verificación del cumplimiento de porcentajes (máximos y mínimos), se considerará hasta las centésimas.
Si como resultado de los análisis indicados en el número 3 de la letra a) precedente, y/o de los números 7, 8 y/o 9, todos de la letra b) precedente, la propuesta no cuenta con el número mínimo de beneficiarios atendidos exigidos, o bien, no se cumple con los porcentajes mínimos de cofinanciamiento, el proyecto será declarado no admisible.
12.2. Antecedentes para la formalización de los proyectos aprobados
Previo a la redacción del convenio de subsidio, se cotejará que el objeto social o finalidad del beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile, transcrito en el formulario de postulación, no presente diferencias sustanciales con aquel que consta en sus estatutos. En caso de que se verifiquen diferencias sustanciales, se revisará nuevamente la pertinencia del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos, en relación con las actividades a desarrollar para la obtención del objetivo del proyecto. En caso de verificarse que no existe pertinencia entre los referidos elementos, el convenio no será formalizado y la postulación se tendrá por desistida.
Asimismo, para la formalización del proyecto, InnovaChile verificará que el receptor se encuentre al día en el cumplimiento de la obligación de rendir cuenta respecto de cualquiera de los proyectos cofinanciados por Corfo y/o sus Comités y certificará dicha circunstancia.
Además de los antecedentes que, de acuerdo con el número 8.1 de las Bases Administrativas Generales, deben presentarse en la etapa de formalización de los proyectos, deberá enviarse dentro de los mismos plazos, los siguientes antecedentes de formalización:
a) Antecedentes técnicos de formalización
. Antecedentes que permitan verificar que el beneficiario ha percibido ingresos por ventas dentro los 18 meses previos a la postulación de su proyecto. En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, o que los presentados no permitan verificar este requisito, el proyecto se entenderá desistido.
b) Antecedentes legales de formalización
. Respecto del (de los) coejecutor(es), si los hubiere, además del convenio de coejecución señalado en la letra e), de la literal A., del subnumeral 8.1.1 de las Bases Administrativas Generales, se deberá presentar copia simple del instrumento en donde conste el nombre del (de los) representante(s) y sus facultades para suscribir el respectivo convenio de coejecución.
. Para los proyectos que hayan declarado que, al menos, el 30% de sus beneficiarios atendidos corresponden a "empresas lideradas por mujeres", deberán presentarse los antecedentes indicados en el número III de las "Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres", aprobadas por resolución exenta Nº 481, de 2018, de InnovaChile, en relación con cada beneficiario atendido respecto del cual se haya declarado dicha calidad. En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, no permitan verificar el cumplimiento de los respectivos requisitos, o no permitan verificar que se cumple con el porcentaje mínimo de participación antes referido, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje mínimo de aportes "nuevos o pecuniarios", d e acuerdo con las reglas generales.
12.3. Aspectos relativos al Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
a) Admisibilidad
Respecto del/de la postulante en calidad de beneficiario persona natural, cuya propuesta haya cumplido los requisitos de admisibilidad dispuestos en los literales a) y b) del numeral 12.1 precedente, de forma previa al inicio del proceso de evaluación, se consultará que éste/a no tenga una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Si el o la postulante en calidad de beneficiario persona natural tuviere una inscripción vigente, su postulación será declarada no admisible, y no avanzará a la siguiente etapa de evaluación.
b) Formalización
Previo a la redacción del convenio de subsidio, en caso de proyectos aprobados cuyo beneficiario corresponda a una persona natural, se consultará el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. En caso de verificarse que tiene inscripción vigente en el referido Registro, el convenio no será formalizado y su postulación se tendrá por desistida.
c) Condiciones para la entrega del subsidio
Además de las condiciones para la entrega del subsidio, establecidas en el numeral 8.4.2, de las Bases Administrativas Generales, el beneficiario persona natural deberá acreditar no tener inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. En caso de verificarse que tiene una inscripción vigente en el referido Registro, se dará término anticipado al proyecto y al convenio.
ANEXO
1. CARTA DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS Y COMPROMISO DE BENEFICIARIOS ATENDIDOS PERSONAS JURÍDICAS
Fecha
Nombre del Proyecto
Comuna
Ciudad
Presente
Estimado Sr. /a.
En mi calidad de representante de (nombre beneficiario atendido persona jurídica), RUT (rol único tributario), hago presente el interés en participar, en calidad de "beneficiario atendido", en el Proyecto denominado "(Nombre del Proyecto)", presentado al instrumento de financiamiento denominado "Gestión de Innovación en Pymes".
Asimismo, a través de la presente carta, vengo en manifestar el compromiso de la entidad a la cual represento, para realizar el aporte "nuevo o pecuniario" y/o "preexistente o valorizado" que a continuación se detalla:

Declaro conocer y aceptar la definición de aportes "nuevos o pecuniarios" establecida en el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, esto es, aquel que tiene su causa en la ejecución del proyecto y que, de no haberse iniciado éste, no se hubiese incurrido en él. En otras palabras, no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos, y otros, ya existentes en el participante aportante y/o en los demás participantes, al momento de la postulación.
Los aportes comprometidos se materializarán en conformidad con la programación que será consignada en el Proyecto.
De la misma forma manifiesto conocer el proyecto presentado a este instrumento de financiamiento y los requerimientos de participación en las actividades del mismo, señaladas en sus bases.
Representante(s) Beneficiario Atendido Persona Jurídica
(número cédula de identidad) representante(s)
Cargo
Nombre Beneficiario Atendido.
2. CARTA DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS Y COMPROMISO DE BENEFICIARIOS ATENDIDOS PERSONAS NATURALES
Fecha
Nombre del Proyecto
Comuna
Ciudad
Presente
Estimado Sr. /a.
(Nombre beneficiario atendido persona natural), cédula de identidad (número cédula de identidad), hago presente mi interés en participar, en calidad de "beneficiario atendido", en el Proyecto denominado "(Nombre del Proyecto)", presentado al instrumento de financiamiento denominado "Gestión de Innovación en Pymes".
Asimismo, a través de la presente carta, vengo en manifestar mi compromiso, para realizar el aporte "nuevo o pecuniario" y/o "preexistente o valorizado" que a continuación se detalla:

Declaro conocer y aceptar la definición de aportes "nuevos o pecuniarios" establecida en el numeral 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, esto es, aquel que tiene su causa en la ejecución del proyecto y que, de no haberse iniciado éste, no se hubiese incurrido en él. En otras palabras, no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos, y otros, ya existentes en el participante aportante y/o en los demás participantes, al momento de la postulación.
Los aportes comprometidos se materializarán en conformidad con la programación que será consignada en el Proyecto.
De la misma forma manifiesto conocer el proyecto presentado a este instrumento de financiamiento y los requerimientos de participación en las actividades del mismo, señaladas en sus bases.
Representante(s) Beneficiario Atendido Persona Natural
(número cédula de identidad)
2. Publíquense el(los) aviso(s) correspondiente(s) y pónganse las presentes bases a disposición de los interesados/as en el sitio web de Corfo, www.corfo.cl, una vez que la presente resolución se encuentre totalmente tramitada.
3. Determínase que el Subcomité de Impulso a la Innovación conocerá y resolverá, acerca de la aprobación o rechazo de los proyectos presentados al instrumento de financiamiento.
4. Publíquese la presente resolución en el banner de "Gobierno Transparente", del sitio web www.corfo.cl, en conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 7, de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, y en la resolución exenta Nº 500, de 2022, que aprueba nuevo texto de la Instrucción General, del Consejo para la Transparencia, sobre Transparencia Activa.
Anótese, publíquese y archívese.- Resolución suscrita mediante firma electrónica avanzada por Jocelyn Olivari Narea, Directora Ejecutiva.