CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN EN AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE OVALLE
   
    Núm. 252 exento.- Santiago, 14 de abril de 2025.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
    c) El decreto supremo N° 126, de 1997 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
    d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
    e) El decreto supremo N° 86, de 12.05.1980, que otorgó la concesión, renovada y modificada mediante decreto supremo N° 119, de 19.08.2013, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y,
    f) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
   
    Considerando:
   
    a) Que, mediante ingreso Subtel N° 149.576, de 22.11.2024, complementada mediante ingreso N° 18.970, de 19.02.2025, la concesionaria Sociedad Comunicaciones y Comercial C.S.C. Limitada, presentó renuncia a la concesión ya individualizada en la letra e) de los vistos.
    b) Que, de conformidad al artículo 23° de la ley, la extinción de una concesión debe certificarse por decreto supremo, que deberá publicarse en el Diario Oficial y en uso de mis atribuciones.
   
    Decreto:

    1. Certifícase la extinción de la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada, señal distintiva CA-148, para la localidad de Ovalle, Región de Coquimbo, por renuncia de su titular, Sociedad Comunicaciones y Comercial C.S.C. Limitada, RUT N° 77.268.610-2, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23° de la ley.
   
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.