1. Modifícase el artículo 6º transitorio de la resolución exenta Nº 38, de 26.04.2024, como sigue:
"La obligación de entrega de información por parte de los prestadores, señalada en el artículo 26º de la presente resolución exenta, entrará en vigor el 26 de septiembre de 2025.".
2. Manténgase vigente en todo lo demás, la resolución exenta Nº 38, de 26.04.2024, de la Dirección del Trabajo.
3. La presente resolución exenta entrará en vigor desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48 de la ley Nº 19.880.