1. Modifícase la resolución exenta N° 877 (V. y U.), de 2024, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en el Resuelvo 9 por la siguiente tabla, a fin de redistribuir los recursos entre regiones de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, quedando del siguiente modo:
Región Monto en UF
Arica y Parinacota 26.107,78
Tarapacá 23.177,95
Antofagasta 42.513,10
Atacama 21.178,00
Coquimbo 47.288,19
Valparaíso 429.444,50
Metropolitana 673.739,10
L.B. O’Higgins 195.180,34
Maule 124.635,94
Ñuble 77.835,35
Biobío 395.098,47
Araucanía 154.007,73
Los Ríos 0,00
Magallanes 28.295,43
Total País 2.238.501,88
2. Autorízase a las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo de las regiones de Arica y Parinacota, de Antofagasta, de Atacama, de Valparaíso, Metropolitana de Santiago, del Maule, de Ñuble, del Biobío, de La Araucanía y de Magallanes y la Antártica Chilena, a efectuar una selección complementaria en atención a los mayores recursos dispuestos mediante la presente resolución, en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la fecha de la presente resolución.
3. Autorízase a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama, para efectuar su selección de beneficiarios en atención al llamado del año 2024 y a los recursos dispuestos mediante la presente resolución, en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la fecha de la presente resolución.
4. Déjase establecido que la resolución exenta N° 877 (V. y U.), de 2024, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.