Artículo primero.- Prorrógase el estado de excepción constitucional de emergencia, declarado mediante decreto supremo N° 189, de 2022, del entonces Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo adicional de 30 días, a contar del vencimiento del periodo previsto en el decreto supremo N° 111, de 2025, del mismo origen.