ESTABLECE SUJETOS PASIVOS DE LA SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN SOCIAL A LAS PERSONAS QUE INDICA, CONFORME A LA LEY Nº 20.730
Núm. 80 exenta.- Santiago, 25 de abril de 2025.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 1.028, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y modifica cuerpos legales que indica; en el reglamento que determina la estructura organizativa interna del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, aprobado por el decreto supremo Nº 15, de 2012, del entonces Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social; en la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, y su reglamento contenido en el decreto supremo Nº 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: en el dictamen Nº 444883N24 de fecha 29 de enero de 2024 de la Contraloría General de la República; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en las demás normas vigentes, pertinentes y aplicables, y
Considerando:
1º Que, el artículo 3º de la ley Nº 20.730 prescribe que "Para efectos de esta ley, son sujetos pasivos de lobby los ministros, subsecretarios, jefes de servicios, directores regionales de los servicios públicos, los intendentes y gobernadores, los secretarios regionales ministeriales y los embajadores. También estarán sujetos a las obligaciones que esta ley indicada, cualquiera sea su forma de contratación, los jefes de gabinete de las personas individualizadas en el inciso precedente, si los tuvieren; así como las personas que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones de carácter decisorio relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración. Anualmente, el jefe superior del servicio respectivo individualizará a las personas que se encuentren en esta calidad, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en el artículo 9º".
2º Que, complementa lo anterior, lo dispuesto por el inciso primero del artículo 5º del reglamento de la ley del lobby, aprobado mediante decreto supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, conforme al cual "Mediante acuerdo o resolución fundada de la autoridad competente que se dictará el primer día hábil del mes de mayo, se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares las autoridades y funcionarios que en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones; y cuando se desempeñen en ministerios, secretarías regionales ministeriales y embajadas, reciban además regularmente una remuneración, en los casos que corresponda conforme a la ley. En este acuerdo o resolución podrán incluirse funcionarios directivos, tales como Jefes de División, Oficina o Unidad".
3º Que, en cumplimiento de la normativa recién expuesta y atendida las instrucciones sobre aspectos de la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios impartidas por la Contraloría General de la República en dictamen Nº 444883N24 de fecha 29 de enero de 2024, por el presente acto administrativo se definirán como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares, a las personas que ejercen los cargos de jefe de unidad, división o departamento en la Subsecretaría de Evaluación Social, que se individualizan, en calidad de titulares, subrogantes o suplentes y a las personas que prestan servicios en la Subsecretaría de Evaluación Social, como asesores del gabinete del Ministerio de Desarrollo Social y Familia o de la Subsecretaría, que, por el especial desempeño de sus funciones, tienen atribuciones decisorias relevantes o pueden influir decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones, por tanto
Resuelvo:
Primero: Establézcanse como sujetos pasivos de la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares, a las personas que ejercen los siguientes cargos en la Subsecretaría de Evaluación Social, en calidad de titulares, subrogantes o suplentes:
1. Fiscal del Ministerio de Desarrollo Social y Familia
2. Jefatura del Departamento de Coordinación General de la Fiscalía
3. Jefatura de la Unidad de Comunicaciones del Ministerio de Desarrollo Social y Familia
4. Jefatura del Departamento de Control de Gestión
5. Jefatura del Departamento de Auditoría interna
6. Jefatura de la División de Evaluación Social de Inversiones
7. Jefatura del Departamento de Inversiones
8. Jefatura del Departamento de Metodologías
9. Jefatura del Departamento de Estudios y Gestión de la Inversión
10. Jefatura de la División de Políticas Sociales
11. Jefatura del Departamento de Estudios
12. Jefatura del Departamento de Monitoreo de Programas Sociales
13. Jefatura de la División de Observatorio Social
14. Jefatura del Departamento de Análisis de la Realidad Social
15. Jefatura del Departamento de Investigación Social
16. Jefatura de la División de Cooperación Público-Privada
17. Jefatura del Departamento de Desarrollo
18. Jefatura del Departamento de Sociedad Civil
19. Jefatura de la División de Información Social
20. Jefatura del Departamento de Tecnologías de la Información
21. Jefatura del Departamento de Sistemas de Información Social
22. Jefatura del Departamento de Análisis de la Información Social
23. Jefatura de la División de Administración y Finanzas
24. Jefatura del Departamento de Finanzas
25. Jefatura del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas
26. Jefatura del Departamento de Administración Interna
27. Jefatura del Departamento de Adquisiciones
Segundo: Establézcanse como sujetos pasivos de la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares, a las personas que prestan servicios en la Subsecretaría de Evaluación Social, como asesores del gabinete del Ministerio de Desarrollo Social y Familia:
1 Carolina García Moggia
2. Natalia Ramírez González
3. Camilo Ortega Silva
4. Natalia Reyes Díaz
5. Fernando Carvallo Arrau
6. María Elisa Puig Lanas
Tercero: Establézcanse como sujetos pasivos de la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares, a las personas que prestan servicios en la Subsecretaría de Evaluación Social. como asesores del gabinete de la Subsecretaría:
1. Víctor Gallardo Muñoz
2. Sofía Lanyon Pereira
3. Fernanda Ramos Ramos
4. Josefina Amenábar González
5. Fernanda Alvear Díaz
6. Domingo Prieto Pimiento
7. Ignacio Torrealba Arregui
8. Tamara Van Hemelryck Kimelman
9. José Andrés Reyes Figueroa
Cuarto: Regístrese, a contar de la publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial, en los registros de Agenda Pública, señalados en el artículo 8º de la ley Nº 20.730, la información pertinente a los sujetos pasivos establecidos a través de la presente resolución.
Quinto: Publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de transparencia activa de la Subsecretaría de Evaluación Social, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 9º de la ley Nº 20.730.
Sexto: Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 46, de 11 de marzo de 2024, de esta Subsecretaría de Estado y reemplácese por el presente acto administrativo, una vez concluida su total tramitación.
Séptimo: Notifíquese la presente resolución a las funcionarias y funcionarios que sirven los cargos indicados en el resuelvo primero de este acto, así como a los funcionarios o servidores públicos a que alude el resuelvo tercero de este acto.
Anótese, notifíquese, publíquese en el portal web de transparencia activa y en la plataforma de Ley del Lobby de la Subsecretaría de Evaluación Social y archívese.- Paula Poblete Maureira, Subsecretaria de Evaluación Social.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Olinka Relmuan Hernández, Jefa de Oficina de Partes y Archivo (S).