MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES
A LA EMPRESA HUGHES DE CHILE SpA
Santiago, 23 de abril de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 289 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La Resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) El decreto supremo N° 281 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba Reglamento que fija procedimientos para el Cálculo para el cobro de Derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico, y sus modificaciones.
f) La resolución exenta N° 6.966 de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija Norma Técnica para el uso de bandas de frecuencias que se indica por el servicio Fijo por Satélite y sus modificaciones.
g) Decreto supremo N° 115 de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus posteriores modificaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 128.956 de 07.10.2024.
b) La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel N° 141.186 de 05.11.2024, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella. Autorizada a través de la resolución exenta N°2.262, de 2024.
c) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de la concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, a la empresa Hughes de Chile SpA, RUT Nº 76.780.486-5, con domicilio en calle Miraflores N° 222, piso 28, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para incorporar y operar un nuevo satélite, ampliando las bandas de frecuencias del servicio fijo por satélite, según se indica a continuación:


Los medios de transmisión serán propios y/o de terceros debidamente autorizados.
2. Los plazos serán los que se indican a continuación:

Las demás características técnicas no señaladas en la presente modificación se mantendrán inalterables, de acuerdo al decreto supremo N° 115 de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus posteriores modificaciones.
3. La concesionaria deberá informar, dentro de los primeros 5 días hábiles de los meses de febrero, junio y octubre de cada año, el número de estaciones en el sistema hasta el último día hábil del mes inmediatamente anterior a la presentación. En caso de no hacerlo, la Subsecretaría, procederá de acuerdo a los procedimientos de cálculo para el cobro de los derechos establecidos en el Reglamento respectivo, sobre las bases de los antecedentes de que disponga u obtenga.
4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
5. La resolución exenta N° 2.262, de 2024, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión, dictada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
6. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.