APRUEBA PLAN Y PROGRAMA DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO PROFESIONAL VIRGINIO GÓMEZ, SEDE LOS ÁNGELES, PARA FINES QUE INDICA. CARRERA DE TÉCNICO DE NIVEL SUPERIOR EN ELECTRICIDAD
   
    Núm. 31.616 exenta.- Santiago, 11 de abril de 2025.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en el DFL N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el decreto supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería; en el decreto supremo N° 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la Ley N° 18.410, de 1985, Orgánica de esta Superintendencia; en la resolución exenta N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y
   
    Considerando:
   
    1º Que, mediante ingreso SEC OP 282449 de fecha 09.08.2024, el Instituto Profesional (IP) Virginio Gómez, sede Los Ángeles, remite los requisitos de fase administrativa, para acceder a la aprobación del plan y programa de estudios para la carrera de técnico de nivel superior en electricidad, códigos 3915 y 3916, jornadas diurna y vespertina respectivamente, del Instituto Profesional Virginio Gómez, sede Los Ángeles, con el fin que sus titulados opten a la Licencia de Instalador Eléctrico Clase B.
    2° Que, mediante oficio ordinario N° 254394, de fecha 06.11.2024, se informa al director de la escuela de tecnología industrial, Sr. Danilo Hernández Ulloa, del IP Virginio Gómez, Sede Los Ángeles, que analizados los antecedentes remitidos, esta Superintendencia ha comprobado que el plan y programa de estudios para la carrera de técnico de nivel superior en electricidad, presenta observaciones, y que por tanto dichas observaciones deben ser corregidas.
    3° Que, mediante ingreso SEC ACC 3807786, de fecha 05.12.2024, el director de la escuela de tecnología industrial, Sr. Danilo Hernández Ulloa, del IP Virginio Gómez, Sede Los Ángeles, remite los documentos corregidos señalados en el oficio ordinario N° 254394, de fecha 06.11.2024, a objeto de continuar con el proceso de aprobación del plan y programa de estudios para la referida carrera.
    4° Que, mediante oficio ordinario N° 261322, de fecha 12.12.2024, esta Superintendencia informó al IP Virginio Gómez, sede Los Ángeles, la aprobación de la fase 1 administrativa de plan y programa de estudios y deberá dar cumplimiento a la fase 2 de aprobación de infraestructura, y que por tanto deberá remitir a este Organismo los requisitos correspondientes a infraestructura de acuerdo con lo dispuesto en el oficio circular N° 5027/2020.
    5° Que, mediante carta ingresada a SEC OP 309872, de fecha 14.03.2025, el Sr. Danilo Hernández Ulloa, director de la escuela de tecnología industrial del IP Virginio Gómez, sede Los Ángeles, adjunta los requisitos solicitados en oficio circular N° 5027/2020, y que en relación con dicha documentación se comprobó que el citado establecimiento educacional cuenta con los requisitos de infraestructura señalados en el oficio circular N° 5027/2020, necesarios para impartir la carrera de técnico de nivel superior en electricidad.
    6° Que, para efecto de la instalación eléctrica de laboratorios, talleres y salas de computación para desarrollar proyectos eléctricos, esta Superintendencia notificará al rector o director del referido establecimiento para que actualice el TE1 de dicha instalación, en conformidad a las instrucciones impartidas en la resolución exenta N° 18.598 de fecha 04.08.2023, remitida por esta Superintendencia a todos los establecimientos educacionales registrados en la SEC que aprobaron carreras de electricidad para el período 1983 al 2018.
   
    Resuelvo:


    1° Acéptase el plan y programa de estudios de la carrera de Técnico de Nivel Superior en Electricidad, jornada diurna y vespertina, códigos 3915 y 3916 respectivamente, del Instituto Profesional Virginio Gómez, sede Los Ángeles, ubicado en Arturo Prat 451, comuna de Los Ángeles, Región del Biobío, para efecto de que sus titulados puedan obtener la Licencia de Instalador Eléctrico Clase B.
    2º Esta Superintendencia efectuará visitas inspectivas periódicas al establecimiento educacional que imparte dicha carrera, para fiscalizar el cumplimiento del programa aprobado y la permanencia de la infraestructura requerida para impartir la enseñanza, registrando dichas inspecciones en un libro de visitas, foliado y con copia, el cual deberá estar a disposición de los funcionarios de la SEC.
    3º Para la obtención de licencia de instalador eléctrico en la clase señalada, por parte de los interesados, el IP Virginio Gómez, Sede Los Ángeles, deberá dejar establecido en los certificados de título que emita, que éste se obtuvo en conformidad al correspondiente plan y programa de estudios de la carrera de técnico de nivel superior en electricidad, jornada diurna y vespertina, códigos 3915 y 3916 respectivamente, impartido por ese establecimiento educacional. Un ejemplar del plan y programa respectivo se mantendrá en poder de esta Superintendencia, junto con los demás antecedentes que sirven de fundamento a esta resolución.
    4° El IP Virginio Gómez, sede Los Ángeles, deberá informar a esta Superintendencia en el mes de abril de cada año, el listado de los docentes que impartirán las materias contenidas en el correspondiente plan y programa de estudios de la carrera de técnico de nivel superior en electricidad. Cualquier modificación que se efectúe al citado plan y programa de estudios de la referida carrera o cambio en la dirección del establecimiento educacional o cambio en la infraestructura o convenios suscritos por el establecimiento sobre arrendamiento de la infraestructura de la referida carrera, no comunicada oportuna y formalmente traerá como consecuencia dejar sin efecto la presente resolución, sin más trámite.
    5º La presente resolución entrará en vigor a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, por cuenta del interesado y deberá enviar una copia a esta Superintendencia. La referida resolución mantendrá su validez mientras el plan y programa de estudios de la carrera de técnico de nivel superior en electricidad, aprobado no sea modificado por el IP Virginio Gómez, Sede Los Ángeles.
    6° Posteriormente, el IP Virginio Gómez, Sede Los Ángeles, deberá registrarse en la plataforma informática de la SEC (www.sec.cl/e-RNII), a objeto que sus titulados obtengan el Certificado de Acreditación de la Licencia de Instalador Eléctrico, Clase B.
   
    Anótese, notifíquese y publíquese.- Marta Cabeza Vargas, Superintendenta de Electricidad y Combustibles.