MODIFICA RESOLUCIÓN N° 325 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN LAS COMUNAS DE LAS REGIONES QUE INDICA, Y MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 272 EXENTA (V. Y U.), DE 2025
Santiago, 8 de mayo de 2025.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 638 exenta.
Visto:
a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta N° 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2024 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.) de 2011;
c) La resolución exenta N° 325 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2024, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica;
d) La resolución exenta N° 272 (V. y U.), de fecha 19 de febrero de 2025, que modifica resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2024, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica; y aprueba nómina de proyectos calificados al 17 de diciembre de 2024;
e) La resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
f) La resolución exenta N° 490 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2023, que fija regulación para la prestación del servicio de Fiscalización Técnica de Obras, y
Considerando:
a) Que, mediante la resolución exenta señalada en el visto c), se llamó a concurso en condiciones especiales, a las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta, de Atacama, de Coquimbo, de Valparaíso, del Libertador General Bernardo O'Higgins, del Maule, de Ñuble, del Biobío, de La Araucanía, de Los Ríos, de Los Lagos, de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, de Magallanes y la Antártica Chilena, y Metropolitana de Santiago, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva a proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, con fechas de cierre los días 7 de marzo, 9 de abril, 16 de mayo, 27 de junio, 6 de agosto, 12 de septiembre, 21 de noviembre y 17 de diciembre, todos de 2024.
b) Que, la Región de La Araucanía ha requerido mediante correo electrónico de fecha 4 de marzo de 2024, rectificar el monto de Asistencia Técnica y Financiamiento Total asignado a un proyecto de esa región seleccionado en la resolución citada en el visto d).
c) Que, mediante la resolución citada en el Visto d), se procedió a seleccionar los proyectos que postularon al llamado señalado en el considerando a), en el cierre del 17 de diciembre de 2024, incluyendo entre otros, al proyecto Comité Los Kiwis, código 162386 de la Región de La Araucanía, siendo necesario rectificar el monto de Asistencia Técnica asignado, el cual por un error de transcripción registra monto cero y como consecuencia afecta al Financiamiento Total.
d) Que, a través de este acto, es necesario rectificar los montos otorgados mediante la resolución citada en el visto d) precedente respecto del proyecto identificado en el considerando c), por lo que dicto la siguiente,
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N° 325 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2024, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su Resuelvo 2. por la siguiente:

2. Modifícase la resolución exenta N° 272 (V. y U.), de 2025, en el siguiente sentido:
a) Reemplázase la tabla inserta en el resuelvo 2., por la siguiente:


b) Reemplázase la tabla inserta en el resuelvo 3., por la siguiente:


c) Reemplázase la tabla inserta en el resuelvo 4., por la siguiente:

3. Establécese que la resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2024, y la resolución exenta N° 272 (V. y U.), de 2025, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.