Artículo 33.- Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones, de la siguiente forma:
1. Agrégase en el literal c) del artículo 35, a continuación de la expresión "desarrollo prioritario", la frase ", de riesgo y restricción".
2. Agrégase en el literal d) del artículo 42, a continuación de la expresión "prioritarias de desarrollo urbano" la frase ", de riesgo y restricción".
3. En el artículo 60:
a) En el inciso primero:
i. Reemplázase el texto "El Plan Regulador señalará los terrenos que por su especial naturaleza y ubicación no sean edificables. Estos terrenos no podrán subdividirse y sólo se aceptará en ellos", por el siguiente: "El Plan Regulador o Plan Seccional señalará los terrenos afectados por riesgos y las normas que les sean aplicables. Asimismo, señalará cuáles de dichos terrenos, por su especial naturaleza y ubicación, no serán edificables, no podrán subdividirse y sólo se aceptará en éstos".
ii. Elimínase la siguiente oración final: "Entre ellos se incluirán, cuando corresponda, las áreas de restricción de los aeropuertos.".
b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero, y así sucesivamente:
"Adicionalmente, el Plan Regulador o Seccional incorporará o establecerá, cuando corresponda, las áreas, zonas, franjas o radios de restricción, relativos a:
a) Infraestructura, tales como aeródromos, aeropuertos, helipuertos, oleoductos, gaseoductos, líneas de alta tensión, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
b) Instalaciones o actividades peligrosas.".
4. Reemplázase en la letra i) del artículo 105 la frase que va desde "Características de diseño" hasta "definidas en los planes reguladores", por la siguiente: "Características de diseño, materialidad, resistencia estructural y seguridad, para las edificaciones que se puedan emplazar en las áreas de riesgo y áreas de restricción incluidas en los planes reguladores y planes seccionales".