Artículo 3º.- Introdúcense, en el artículo 1º de la ley Nº 20.261, que crea Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, incorpora cargos que indica al Sistema de Alta Dirección Pública y modifica la ley Nº 19.664, las siguientes modificaciones:
1.- Incorpórase el siguiente inciso segundo, nuevo:
"También el examen único nacional de conocimientos de medicina será requisito para otorgar licencias médicas, de conformidad con la ley Nº 20.585, sobre otorgamiento y uso de licencias médicas.".
2.- Incorpórase, a continuación del actual inciso cuarto, que ha pasado a ser inciso quinto, el siguiente inciso sexto, nuevo:
"Sin perjuicio de lo expuesto, el examen deberá evaluar contenidos relativos al marco normativo vigente sobre sanciones administrativas y penales, por emisión injustificada o fraudulenta de licencias médicas.".