1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.259 (V. y U.) de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a) Reemplázase el cuadro inserto en su resuelvo 3 por el siguiente:
   
    b) Reemplázase el segundo inciso del numeral 8.3 del resuelvo 8, salvo la tabla inserta, por el siguiente texto:
   
    "Según se establece en el cuadro precedente, los proyectos de hasta 70 viviendas podrán ser financiados en su totalidad con los montos de subsidio señalados en la columna A) y, desde la vivienda 71 en adelante, corresponde considerar el monto señalado en la columna B). En ambos casos, podrá complementarse el financiamiento con el préstamo al que se refiere el resuelvo 9., según corresponda. Al monto señalado en el cuadro precedente se podrá adicionar el Subsidio Diferenciado a la Localización según los requisitos que se establecen en la letra a) del artículo 35 del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, el que alcanzará hasta un máximo de 300 Unidades de Fomento por vivienda. Excepcionalmente en las comunas de Santiago, Independencia, Recoleta, Providencia, Ñuñoa, San Joaquín, San Miguel, Pedro Aguirre Cerda, Estación Central y Quinta Normal, el subsidio diferenciado de localización señalado podrá alcanzar un valor de 600 Unidades de Fomento, siempre que las viviendas construidas a adquirir cumplan con 4 de los indicadores que se señalan a continuación:".
   
    2. Apruébase la selección de las iniciativas indicadas en la siguiente tabla, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los montos por concepto de servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras:
   
   

    3. Los Serviu de la Región de La Araucanía y de Los Ríos deberán determinar, mediante resolución, el subsidio y valor a pagar para la construcción y/o rehabilitación de los inmuebles, de acuerdo con lo señalado en el resuelvo 8. de la resolución exenta Nº 1.259 (V. y U.), de 2024, y para Asistencia Técnica, conforme lo establece su resuelvo 11.
    4. Los recursos comprometidos en la aprobación de las iniciativas citadas en el resuelvo 2, ascendentes a 576.640 Unidades de Fomento, se imputarán a los recursos dispuestos para el año 2024, del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, según la distribución presentada en la tabla de dicho resuelvo. Este monto incluye la suma total de unidades beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio para el proyecto, incluidos sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica, Fiscalización Técnica de Obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces. El siguiente cuadro muestra el resumen del proceso y el saldo de recursos por región: