1°.- Modifícase el decreto supremo N° 17, de 2024, del Ministerio de Energía, que otorgó a la empresa Eólica Entre Cerros SpA, concesión definitiva para establecer el "Tramo 1 B" del proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "Línea de Transmisión 2x66 kV Entre Cerros - Hualte", en la Región de Ñuble, provincia de Itata, comunas de Portezuelo y Ninhue, remplazando el inciso primero de su artículo 11° por el siguiente:
"Artículo 11°.- El plazo de construcción del Proyecto será de 18 meses, contados desde el inicio de los trabajos hasta su terminación. El plazo de 18 meses comenzará a transcurrir cumplidos 36 meses contados desde la publicación del presente decreto de concesión eléctrica definitiva en el Diario Oficial, sin perjuicio que estos trabajos podrán iniciarse con anterioridad a dicha fecha, en el evento de contar con todas las autorizaciones y derechos que lo habiliten para ello."
2°.- Déjase presente que en todo lo no modificado expresamente por el presente acto administrativo, seguirán vigentes todas y cada una de las disposiciones del decreto supremo N° 17, de 2024, del Ministerio de Energía.
3°.- Déjase constancia que los plazos de inicio de los trabajos y de construcción del Proyecto, indicados en el decreto supremo N° 24, de 2024, se encuentran fijados en el decreto supremo N° 17, de 2024, que por este acto se modifica.