4. Modifícase la Ordenanza del PREMVAL, agregando el siguiente inciso al final artículo 1° del Capítulo 1: "Ámbito de Aplicación, de la Ordenanza del PREMVAL": "A su vez, comprende el territorio del área denominada Satélite Alto Aconcagua que incluye las comunas de San Esteban, Rinconada, Los Andes, Calle Larga, Putaendo, Santa María, San Felipe, Catemu, Panquehue y Llay llay, cuyas disposiciones generales y específicas se encuentran establecidas en el Título III de esta Ordenanza".