CREA TERCERA FISCALÍA ADMINISTRATIVA PERMANENTE DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

    Núm. E10801/2025 exenta.- Santiago, 30 de mayo de 2025.

    Vistos:

    Lo dispuesto en la ley Nº 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; la resolución Nº 510, de 2013, sobre Reglamento de Sumarios instruidos por la Contraloría General de la República, y sus modificaciones posteriores, en especial aquellas contempladas en la resolución Nº 5, de 2025, de esta Contraloría General; las resoluciones exentas Nº 2.312, de 2024, Nº 2.314, de 2024, y Nº 374, de 2025, y la resolución Nº 36, de 2024, todas de la Contraloría General, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

    1. Que, por resolución Nº 5, de 2025, se modificó la resolución Nº 510, de 2013, ambas de este origen, sobre Reglamento de Sumarios instruidos por la Contraloría General de la República, incorporando, entre otras materias, un nuevo "Título II Del procedimiento especial de sumarios administrativos instruidos por la Contraloría General de la República" cuyas disposiciones contienen la regulación del procedimiento aplicable los sumarios administrativos tramitados por las fiscalías administrativas permanentes de esta Contraloría General.
    2. Que, el actual artículo 41 del mencionado reglamento establece que las fiscalías administrativas permanentes serán creadas por resolución exenta del Contralor General y estarán conformadas por un fiscal administrativo permanente y el número de fiscales investigadores que el mismo acto determine.
    3. Que, mediante la resolución exenta Nº 2.312, de 2024, de esta Contraloría General, se creó la División de Función Pública bajo cuya dependencia se encuentra el Departamento de Procesos Disciplinarios, el que tiene por función, entre otras, la de sustanciar los sumarios administrativos y las investigaciones sumarias que se les asignen en los organismos sujetos a la fiscalización de esta Contraloría General.
    4. Que, por resoluciones exentas Nºs. 447, de 27 de febrero de 2025, y E6877, de 2 de abril de 2025, ambas de esta Contraloría General, fueron creadas la Primera y la Segunda Fiscalía Administrativa Permanente de la Contraloría General de la República, respectivamente.
    5. Que, atendido el volumen de asuntos que requieren una adecuada tramitación, se estima necesario crear una tercera fiscalía administrativa permanente, con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión de los procesos disciplinarios que le corresponden a la Contraloría General de la República, bajo una perspectiva supraterritorial que permita optimizar el uso de los recursos y dotación actualmente disponibles.
    6. Que, por resolución exenta Nº 2.314, de 2024, modificada por la resolución exenta Nº 374, de 2025, ambas de esta Contraloría General, se delegó en la Jefatura que suscribe, entre otras, la facultad de firmar bajo la fórmula "Por orden de la Contralora General", las resoluciones exentas que establezcan fiscalías administrativas permanentes, como unidades funcionales de la División de Función Pública, y su respectiva conformación.

    Resuelvo:

    Artículo 1º. Créase la Tercera Fiscalía Administrativa Permanente de la Contraloría General de la República, la que estará conformada por un fiscal administrativo permanente y cinco fiscales investigadores.

    Artículo 2º. La fiscalía administrativa permanente contemplada en la presente resolución constituirá una unidad funcional de la División de Función Pública de la Contraloría General y dependerá directamente de la Jefatura del Departamento de Procesos Disciplinarios de la mencionada División.

    Artículo 3º. Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, la tercera fiscalía administrativa permanente tendrá su asiento en las dependencias de la Contraloría Regional de La Araucanía y una sede operativa en la Contraloría Regional de Los Ríos.

    Artículo 4º. Modifícase la resolución exenta Nº E6877, de 2 de abril de 2025, de este origen, que crea la segunda fiscalía administrativa permanente de la Contraloría General de la República, en el sentido de reemplazar en su artículo 1º la expresión "conformada por un fiscal administrativo y tres fiscales investigadores" por la siguiente: "conformada por un fiscal administrativo permanente y cinco fiscales investigadores".

    Artículo 5º. Modifícase la resolución exenta Nº 447, de 27 de febrero de 2025, de este origen, que crea fiscalía administrativa permanente de la Contraloría General de la República, en el sentido de reemplazar en su el artículo 1º la expresión "conformada por un fiscal administrativo y cuatro fiscales investigadores" por la siguiente: "conformada por un fiscal administrativo permanente y cinco fiscales investigadores".

    Artículo 6º. La presente resolución entrará en vigor a partir del 1 de junio de 2025.

    Artículo 7º. Incorpórese en la sección en línea de actos administrativos emitidos por la Contraloría General de la República, en cumplimiento de la ley Nº 20.285.

    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden de la Contralora General de la República, Alejandro Riquelme Montecinos, Jefe de División de Función Pública.