MODIFICA PLAN REGULADOR METROPOLITANO DE SANTIAGO
   
    Núm. 117.- Santiago, 6 de noviembre de 2024.
   
    Vistos:
   
    1. Oficio Ord. N° 35 de fecha 6 de junio de 2024, de Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo R.M., al Gobernador Región Metropolitana de Santiago. Remite para aprobación, el proyecto denominado "Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135".
    2. Oficio N° 4754 de fecha 13 de septiembre de 2024, de Gobernador Regional Metropolitano de Santiago, al Secretario Ejecutivo del Consejo Regional Metropolitano de Santiago. Realiza ingreso para trámite de aprobación del proyecto "Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135".
    3. Texto Resolutivo de fecha mayo de 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM - "Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135".
    4. Memoria Explicativa de fecha mayo de 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM - "Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135".
    5. Plano PRMS-135-EVR Escala 1:1.500 de fecha mayo 2024 - "Enmienda Plan Regulador Metropolitano de Santiago - Sector Vicente Reyes - comuna de Maipú". Acogido al Artículo 37 bis de la LGUC y Artículo 2.1.9 bis de la OGUC.
    6. Acuerdo N° 383-24 de Sesión Ordinaria N° 19 del Consejo Regional Metropolitano de Santiago, celebrada con fecha 29 de octubre de 2024. El Consejo aprueba por unanimidad propuesta de "Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135".
    7. Oficio Ord. N° 1069 de fecha 13 de mayo de 2024, de Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, a Director Nacional - Corporación Nacional de Desarrollo Indígena CONADI. Solicita información en el marco del proceso de Consulta Pública de la Enmienda del Plan Regulador Metropolitano de Santiago - MPRMS.135, Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú.
    8. Oficio N° 60 de fecha junio de 2024, de jefe (S) Oficina Asuntos Indígenas Santiago -Corporación Nacional de Desarrollo Indígena CONADI, a Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. Emite pronunciamiento a solicitud de información en el marco del proceso de Consulta Pública.
    9. Oficio Ord. Nº 60/2024 de fecha 22 de mayo de 2024, de Subsecretaria de Servicios Sociales, Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. Solicita mayores antecedentes para poder dar respuesta a solicitud de informe de Procedencia de Consulta Art. 13 del DS N° 66 del Ministerio de Desarrollo Social y Artículo N° 6 del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT.
    10. Oficio Ord. N° 855 de fecha 17 de abril de 2024, de Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, a Subsecretaria de Servicios Sociales Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Solicita informe de Procedencia de Consulta Indígena, en el marco del proceso de la Enmienda del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, que modifica la Zona Exclusiva de Actividades Productivas y de Servicio de Carácter Industrial, Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135.
    11. Consulta Pública de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. Informa que desde el día 6 de marzo de 2024, hasta el día 5 de abril de 2024, se expondrá la propuesta de la Enmienda y su Resumen Ejecutivo en formato papel, en el hall central de acceso a Oficina de Partes de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo - Piso 9° - edificio Copacabana, ubicado en Avda. Libertador Bernardo O'Higgins N° 874, comuna de Santiago, del sector Vicente Reyes en la comuna de Maipú, que tiene como fin la disminución de la calificación molesta e inofensiva a solo inofensiva para las actividades productivas en el área.
    12. Resumen Ejecutivo de fecha febrero de 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM - "Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135".
    13. Publicación en medio digital Aviso Legal, de fecha 1 de marzo de 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. Publica Consulta Pública para aprobar enmiendas al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, "Enmienda Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú".
    14. Publicación en medio digital Aviso Legal, de fecha 4 de marzo de 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. Publica Consulta Pública para aprobar enmiendas al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, "Enmienda Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú".
    15. Formulario para realizar observaciones fundadas - Consulta Pública Artículo 37 bis LGUC. "Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago que modifica la zona exclusiva de actividades productivas y de servicio de carácter industrial en el Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú".
    16. Oficio Ord. N° 638 de fecha 22 de marzo de 2024, de Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo Subrogante, al alcalde I. Municipalidad de Maipú. Envía expediente para su pronunciamiento sobre la Enmienda PRMS Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135, e informa inicio de Consulta Pública.
    17. Resolución exenta N° 24 de fecha 25 de octubre de 2023, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. Resuelve iniciar la elaboración de los antecedentes necesarios para aprobar la Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, que modifica la Zona Exclusiva de Actividades Productivas y de Servicio de carácter Industrial en el sector Vicente Reyes, comuna de Maipú.
    18. Oficio Ord. N° 639 de fecha 22 de marzo de 2024, de Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo subrogante, a Gobernador Regional Metropolitano de Santiago. Informa nuevo proceso de inicio para la Consulta Pública de la propuesta denominada Enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago que modifica la zona exclusiva de actividades productivas y de servicio de carácter industrial en el Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135.
    19. Certificado de fecha 26 de abril de 2024, suscrito por Ministra de Fe de la Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. Certifica que se ha dado cumplimiento al proceso de Consulta Pública de la Enmienda Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú.
    20. Informe de observaciones recibidas, de la Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. Señala que, durante el proceso de Consulta Pública, comprendido entre el día 6 de marzo hasta el 20 de abril de 2024, incluidas ambas fechas, no se registró ingreso de consultas u observaciones.
   
    Resuelvo:

    Artículo Nº 1: Modifícase el Plan Regulador Metropolitano de Santiago aprobado por el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago mediante resolución N° 20 de fecha 06.10.1994, publicado en el Diario Oficial con fecha 04.11.1994 y sus modificaciones posteriores, en el sentido de disminuir la calificación de los usos permitidos, según sus riesgos conforme al artículo 4.14.2. de esta Ordenanza, para actividades productivas en parte de la Zona Exclusiva de Actividades Productivas y de Servicio de Carácter Industrial, a que se refiere el artículo 6.1.3.1, en el área que abarca el polígono definido en los vértices A-B-C-D-E-F-G-H-I-A, graficado en el plano PRMS-135 - EVR, elaborado por esta Secretaría Ministerial, que modifica parcialmente el plano RM-PRM-92-1A, y que por el presente acto se aprueba.
   
    Artículo Nº 2: Reemplázase en la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago el cuadro del Artículo 1.1. del Título 1° Disposiciones Generales de la Ordenanza del PRMS, a continuación de la frase "Los Planos señalados en el inciso anterior se modifican por los planos que se indican en el siguiente cuadro:", por el siguiente nuevo cuadro:
   
   
    (1) Res. GORE N°46 de 05.12.00 - D.O.16.03.01
    (2) Res. GORE N°05 de 11.02.02 - D.O.19.03.02
    (3) Res. GORE N°06 de 11.02.02 - D.O.19.03.02
    (4) Res. GORE N°47 de 23.12.02 - D.O.08.03.03
    (5) Res. GORE N°62 de 06.05.05 - D.O.07.07.05
    (6) Res. GORE N°119 del 16.12.05- D.O.28.01.06
    (8) Res. GORE N°12 de 27.01.10 - D.O.11.02.10
    (9) Res. GORE N°20 de 06.10.94 - D.O.04.11.94
    (10) Res. GORE N° 84 del 11.07.05 - D.O.24.08.05
    (12) Res. GORE N° 27 del 14.03.03 - D.O.02.06.03
    (13) Res. GORE N°56 de 02.11.99 - D.O.20.03.00
    (14) Res. GORE N°06 de 02.03.00 - D.O.20.11.00
    (15) Res. GORE N°72 de 17.10.01 - D.O.19.11.01
    (16) Res. GORE N°04 de 24.01.01 - D.O.28.05.01
    (17) Res. GORE N°39 de 29.10.97 - D.O.12.12.97
    (18) Res. GORE N°25 de 29.03.06 - D.O.26.08.06
    (19) Res. GORE N°46 de 26.03.07 - D.O.10.10.07
    (20) Res. GORE N°76 de 10.10.06 - D.O.24.10.06
    (21) Res. GORE N°20 de 06.10.94 - D.O.04.11.94
    (22) Res. GORE N°44 de 01.12.00 - D.O.11.01.01
    (23) Res. GORE N°47 de 28.06.01 - D.O.14.11.01
    (24) Res. GORE N°153 del 28.10.13 - D.O.26.11.13
    (25) Res. GORE N°118 del 22.08.16 - D.O.11.11.16
    (26) Decr. MINVU N°26 del 15.06.17 (Art. 50 LGUC) - D.O.03.08.17
    (27) Res. GORE N°4 del 12.01.18 - D.O.07.03.18
    (28) Res. GORE N°50 del 06.08.19 - D.O.14.09.19
    (29) Res. GORE N°117 del 06.11.24
   
    Artículo N° 3: Reemplácese en el primer inciso del Artículo 6.1.3.1. de la Ordenanza del PRMS, a continuación de la mención del plano "RM-PRM95-CH.1.A.", el vocablo "y" por el signo ",". Agréguese en el mismo inciso, luego de la expresión "RM-PRM-02-pTM/cBP-1.A." la siguiente nueva frase "y plano PRMS-135 - EVR".
   
    Artículo N° 4: Agréguese a continuación del segundo inciso del Artículo 6.1.3.1. Zonas Exclusivas de Actividades Productivas y de Servicio de carácter Industrial, el siguiente párrafo, que pasa a ser el nuevo tercer inciso: "En la comuna de Maipú, al interior del polígono definido por los vértices A-B-C-D-E-F-G-H-I-A graficado en el Plano PRMS-135 - EVR, sólo se admitirán edificaciones destinadas a Actividades Productivas o de Carácter Similar y de infraestructura, señaladas en el cuadro precedente, con calificación inofensiva, según la definición señalada en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC)".
   
    Artículo N° 5: Apruébese el Plano PRMS-135 - EVR, denominado "Enmienda Plan Regulador Metropolitano de Santiago Sector Vicente Reyes - Comuna de Maipú".
   
    Artículo N° 6: El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, publicará en forma íntegra la presente Resolución, en el Diario Oficial y un extracto de la misma en un diario de los de mayor circulación en la región.
   
    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Claudio Orrego Larraín, Gobernador Regional y Presidente Consejo Regional Región Metropolitana de Santiago.- José Zuleta Bove, Secretario Ejecutivo, Consejo Regional Metropolitano de Santiago.
   

    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División de Infraestructura y Regulación
   
    Cursa con alcances la resolución N° 117, de 2024, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago
   
    N° E81222/2025.- Santiago, 19 de mayo de 2025.
   
    Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento de la suma, que promulga una enmienda al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) -aprobado por la resolución N° 20, de 1994, del competente Gobierno Regional (GORE)-, relativa al Sector Vicente Reyes, comuna de Maipú - MPRMS.135, a través de la cual se disminuye la calificación de los usos permitidos, según sus riesgos, para actividades productivas en parte de la Zona Exclusiva de Actividades Productivas y de Servicio de Carácter Industrial, a que se refiere el artículo 6.1.3.1. de dicho instrumento de planificación territorial (IPT).
    Con todo, respecto a la información contenida en el plano PRMS-135-EVR, que se viene aprobando, cabe puntualizar que esta Entidad de Fiscalización entiende que el área dibujada fuera del polígono conformado por los vértices A-B-C-D-E-F-G-H-I-A, que aparece graficada como parte de las "Zonas Habitacionales Mixtas Artículo 3.1.1.1. del PRMS" -y que difiere de lo consignado en el plano RM-PRM-92/1A del mencionado IPT-, tiene carácter referencial, y no forma parte de la enmienda en comento (aplica criterio del dictamen N° E13199, de 2025).
    Por otro lado, es menester precisar que el artículo 4.14.2. que se cita en el artículo 1° del acto en estudio, corresponde a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y no a la Ordenanza del PRMS como se indica en ese artículo.
    A continuación, en relación con el cuadro de planos y listado de resoluciones contenidos en el artículo 2°, cumple con señalar que, en lo sucesivo, deberá incorporarse -correlativamente- la totalidad de modificaciones al PRMS, tales como los planos RM-PRM95-CH.1.B; RM-PRM-ZIER-LG-99; RM-PRM-99-1A1/14, RM-PRM-99-T/14 y RM-PRM-20-109-A, RM-PRM-20-109-B, RM-PRM-20-109-C, aprobados por las resoluciones N°s 39, de 1997, 56, de 1999, 46, de 2000 y 115, de 2024, todas de ese GORE, respectivamente, lo que fue omitido en dicho precepto.
    Por su parte, en lo que atañe al artículo 6°, se hace presente que de acuerdo con los artículos 2.1.4. y 2.1.9. bis de la OGUC, la publicación de la enmienda en examen deberá efectuarse en el sitio electrónico del organismo que la promulgue, junto con la respectiva Ordenanza, conforme con el artículo 28 septies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, de la cartera del ramo.
    Además, su disponibilidad en el referido sitio electrónico deberá ser informada a través de un aviso en un periódico regional o comunal, o en una radio comunal o regional, así como en el Diario Oficial.
    A su turno, y acorde con el aludido artículo 2.1.4., procede archivar, en las reparticiones que precisa el citado artículo 28 septies, las copias certificadas -por el pertinente Ministro de Fe- del acto promulgatorio que contenga el detalle de las disposiciones modificadas junto a la memoria explicativa y el plano aprobado.
    Finalmente, y en relación con el visto N° 8 de la resolución en estudio, es menester precisar que el oficio que se cita corresponde al N° 1.069, y no el que ahí se indica.
    Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del mencionado acto administrativo.
   
    Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República.
   
Al señor
Gobernador de la Región Metropolitana de Santiago
Presente.