NOMBRA DELEGADO PRESIDENCIAL REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
Núm. 413.- Santiago, 19 de noviembre de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 7 y 115 bis, del decreto supremo Nº 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175 de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto con fuerza de ley Nº 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto con fuerza de ley Nº 22 de 1959, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Gobierno Interior; en el decreto con fuerza de ley Nº 62 de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija la Planta del Servicio de Gobierno Interior; en los decretos supremos Nº 287, de 2022, y Nº 387, de 2024, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y en la resolución Nº 6 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de razón en materias de personal, y;
Considerando:
a) Que, el artículo 32 Nº 7 de la Constitución Política de la República establece que es atribución especial del Presidente de la República, nombrar y remover a su voluntad a ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales;
b) Que, el artículo 115 bis, de la Constitución Política de la República, establece que en cada región existirá una delegación presidencial regional, a cargo de un Delegado Presidencial Regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región en conformidad a la ley. El Delegado Presidencial Regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República y será nombrado y removido libremente por él;
c) Que, la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, define en el Capítulo 1 del Título Primero las funciones de los delegados presidenciales regionales. Estas autoridades, que actúan como representantes del Presidente de la República y de los jefes del gobierno interior regional, tienen como funciones principales la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos de la región que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de algún Ministerio;
d) Que, mediante decreto supremo Nº 287 de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se nombró Delegado Presidencial Regional de La Araucanía a don José Francisco Juan Diego Montalva Feuerhake, cédula nacional de identidad Nº 16.369.131-0, quien asumió sus funciones a contar del 1 de octubre de 2022;
e) Que, mediante decreto supremo Nº 387 de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se aceptó la renuncia de don José Francisco Juan Diego Montalva Feuerhake al cargo de Delegado Presidencial Regional de La Araucanía, del escalafón del Servicio de Gobierno Interior, a contar del 16 de noviembre de 2024;
f) Que, por lo antes señalado el Presidente de la República, procede, mediante el presente acto, a nombrar un nuevo Delegado Presidencial para la región antes referida.
Decreto:
1) Nómbrase, a contar del 16 de noviembre de 2024, como Delegado Presidencial Regional de La Araucanía, grado 1-A° EUR, del Escalafón del Servicio de Gobierno Interior, a don Domingo Eduardo Abdala Abarzúa, cédula nacional de identidad Nº 8.677.161-6, quien deberá asumir sus funciones en la fecha antes señalada por razones impostergables de buen servicio, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
2) Déjese constancia que la autoridad percibirá la asignación de responsabilidad superior de un 40%.
3) Impútese el gasto correspondiente, al ítem 21.01.001, del Presupuesto vigente del Servicio de Gobierno Interior.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Víctor Ramos Muñoz, Subsecretario del Interior.