1. Modifícase la resolución exenta N° 191, de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile, en la forma que a continuación se indica:
   
    I. Incorpórense en el número 2.1, relativo a Gabinete, nuevas letras i) y j) del siguiente tenor:
   
    i) Autorizar las comisiones de servicio y cometidos funcionarios.
    j) Autorizar los permisos administrativos y feriados legales que le corresponda autorizar a la jefatura superior del servicio.
   
    II. Reemplázase el 2.2, que versa sobre la Fiscalía, por el siguiente texto:
   
    2.2 Fiscalía, que será la unidad asesora de la Dirección que tendrá como función asesorar jurídica y judicialmente a la jefatura de Servicio, definir los criterios jurídicos que deba aplicar la institución en todas las materias de su competencia, y asesorar a los departamentos y unidades en la adopción de decisiones y políticas institucionales con el fin de incorporar el análisis de juridicidad en sus actuaciones. Le corresponderá, también, ser el punto de enlace directo con la Tesorería General de la República, solo para efectos de la cobranza que ese organismo debe ejecutar respecto de las multas que aplique el Instituto en los sumarios sanitarios, conforme lo dispuesto en el artículo 174 bis del Código Sanitario.
   
    III. Incorpórese una nueva letra g) al número 2.2.1, correspondiente a las facultades delegadas a la Jefatura de la Fiscalía, con el siguiente tenor:
   
    g) Firmar las comunicaciones dirigidas a Tesorería General de la República, solo en el caso que estas que digan relación con la cobranza de sumarios sanitarios, con arreglo a lo establecido en el artículo 174 bis del Código Sanitario.
   
    IV. Reemplázase el número 2.2.2.1, referente a la Oficina Judicial y Convenios, por el siguiente texto:
   
    2.2.2.1 Oficina Judicial y Convenios, que tiene la función de asumir la defensa judicial del Instituto y, en general, representar al Servicio ante los tribunales de justicia. Asimismo, es la responsable de gestionar los convenios que suscribe la institución con otras entidades, velando por la juridicidad de los mismos.
   
    V. Modifícase el número 5.5, correspondiente al Subdepto. Abastecimiento, reemplazando la actual letra a) por una nueva del tenor que a continuación se indica:
   
    a) Suscribir las órdenes de compra y actos administrativos necesarios para la adquisición de bienes y contratación de servicios sujetos a la ley N° 19.886, por un monto inferior a 100 UTM, siempre y cuando no se trate de contrataciones relativas a personal, asesorías, materias de infraestructura, equipos y sistemas informáticos y estudios e investigaciones.
   
    VI. Elimínanse en la letra b) del número 5.6, correspondiente al Subdepto. Gestión y Desarrollo de Personas, los números x. y xi., pasando los actuales xii. y xiii., a ser x. y xi., respectivamente.
    VII. Sustitúyase la letra a) del número 5.8.5, relativo a la Sección Cobranzas, quedando con el texto que se indica:
   
    a) Recaudar y efectuar las gestiones de cobranza extrajudicial de deudores morosos.
   
    VIII. Elimínase la letra b) del número 5.8.5, relativo a la Sección Cobranzas, pasando a ser las letras c) y d) actuales, a ser las letras b) y c).