1. Modifíquese la resolución exenta Nº 149 (V. y U.) de 2025, en el sentido de incorporar, a continuación del resuelvo 7.4, el siguiente resuelvo 7.5. nuevo:
"7.5. Los antecedentes de las postulaciones que no resulten seleccionadas serán devueltos a los interesados una vez cerrado el proceso de selección de este Llamado, por lo que luego de la última selección que se curse no se mantendrán en el Banco de Postulaciones a que alude el Párrafo III, del Capítulo II del DS Nº 49 (V. y U.) de 2011. Por ello, las postulaciones que sean rechazadas en un cierre parcial, según se dispone en el resuelvo 1., podrán mantener el código identificador del sistema informático MINVU, actualmente Umbral, realizar su ingreso al sistema y volver a postular, si corresponde, en algunos de los cierres del Llamado a postulación que queden por realizar.".
2. Establécese que la resolución exenta Nº 149 (V. y U.) de 2025, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.