Artículo 23.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo único de la ley N° 20.658, que Modifica plazo para reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, y modifica otros aspectos de este mecanismo, la expresión "31 de marzo de 2025" por "31 de diciembre de 2026".