Artículo 27.- Modifícase el inciso cuarto del artículo 1° de la ley N° 20.431, que establece normas que incentivan la calidad de atención al contribuyente por parte del Servicio de Impuestos Internos, del siguiente modo:
1. Reemplázase la expresión ", y" por un punto y coma.
2. Intercálase a continuación de la expresión "Estatuto Administrativo", lo siguiente: "; y los Subdirectores de Departamento de Subdirección afectos al Sistema regulado en el Título VI de la ley N° 19.882".