PROMULGA EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA ALIANZA DEL PACÍFICO Y SINGAPUR Y LAS CARTAS INTERCAMBIADAS CON MOTIVO DE LA FIRMA DEL MISMO
Núm. 72.- Santiago, 17 de abril de 2025.
Visto:
Los artículos 32 Nº 15 y 54 Nº 1, incisos primero y noveno de la Constitución Política de la República, y la ley Nº 18.158.
Considerando:
Que, con fecha 26 de enero de 2022, se suscribió en Bahía Málaga, Colombia, el Tratado de Libre Comercio entre la Alianza del Pacífico y Singapur, en adelante "el Tratado", y las cartas intercambiadas con motivo de la firma del mismo.
Que, el Tratado fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 20.223, de 29 de enero de 2025, de la H. Cámara de Diputadas y Diputados.
Que, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 4 del Artículo 25.3 del Tratado y, en consecuencia, éste entrará en vigor el 3 de mayo de 2025.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el "Tratado de Libre Comercio entre la Alianza del Pacífico y Singapur" y las cartas intercambias con motivo de la firma del mismo en Bahía Málaga, Colombia, el 26 de enero de 2022, que entrará en vigor el 3 de mayo de 2025; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley Nº 18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Albert van Klaveren, Ministro de Relaciones Exteriores.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Marcela Otero Fuentes, Subsecretaria de Relaciones Económicas Internacionales (S).
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance el decreto Nº 72, de 2025, del Ministerio de Relaciones Exteriores
Nº E106883/2025.- Santiago, 26 de junio de 2025.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que "Promulga el Tratado de Libre Comercio entre la Alianza del Pacífico y Singapur y las cartas intercambiadas con motivo de la firma del mismo", pero cumple con hacer presente, en lo formal, que las cartas "intercambias" a las que hace referencia el artículo único del acto en examen, debe entenderse hecha a las cartas intercambiadas.
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma.
Saluda atentamente a Ud., Víctor Hugo Merino Rojas, Contralor General de la República (S).
Al señor
Ministro de Relaciones Exteriores
Presente.