ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DEL BANCO CENTRAL DE CHILE EN SU SESIÓN ORDINARIA Nº 2728
Certifico que el Consejo del Banco Central de Chile, en su Sesión Ordinaria Nº 2728, celebrada el 17 de julio de 2025, adoptó el siguiente Acuerdo:
2728-01-250717 - Acepta modificaciones a las directrices de ejecución asociadas a la inversión de los recursos del Fondo de Reserva de Pensiones y a las directrices de custodia y otras materias del Fondo de Estabilización Económica y Social y del Fondo de Reserva de Pensiones.
1. Aceptar las modificaciones a las Directrices de Ejecución asociadas a la inversión de los recursos del Fondo de Reserva de Pensiones (FRP), comunicadas por el Ministerio de Hacienda al Banco Central de Chile mediante oficio ordinario Nº 1.423, de fecha 14 de julio de 2025.
La fecha de entrada en vigencia de las modificaciones a las Directrices de Ejecución asociadas a la inversión de los recursos del FRP será comunicada formalmente por el Ministerio de Hacienda al Agente Fiscal. A partir de dicha fecha, y en todo lo no modificado por el oficio ordinario Nº 1.423, continuará plenamente vigente el oficio ordinario Nº 1.572, de 17 de octubre de 2024, del Ministerio de Hacienda.
2. Aceptar las modificaciones a las Directrices de Custodia y otras materias del Fondo de Estabilización Económica y Social (FEES) y del FRP, comunicadas por el Ministerio de Hacienda al Banco Central de Chile mediante oficio ordinario Nº 1.424, de fecha 14 de julio de 2025.
La fecha de entrada en vigencia de las modificaciones a las Directrices de Custodia y otras materias del FEES y del FRP será comunicada formalmente por el Ministerio de Hacienda al Agente Fiscal. A partir de esa fecha, y en todo lo no modificado por el oficio ordinario Nº 1.424, continuará plenamente vigente el oficio ordinario Nº 1.687, de 3 de octubre de 2023, modificado por el oficio ordinario Nº 1.785, de 21 de noviembre de 2024, ambos del Ministerio de Hacienda.
3. Facultar al Gerente de División Mercados Financieros para establecer los procedimientos internos destinados a reglamentar la implementación de las modificaciones a las Directrices de Ejecución asociadas a la inversión de los recursos del FRP y de las modificaciones a las Directrices de Custodia y otras materias del FEES y del FRP, considerando el adecuado control y vigilancia de los riesgos operativos involucrados en ello para el Banco Central de Chile.
En cuanto a la celebración de los demás actos, contratos u operaciones necesarios para dar cumplimiento a la Agencia Fiscal regirá el sistema de poderes del Banco Central de Chile en lo no reglamentado especialmente.
4. Dejar constancia que los requerimientos presentados en las modificaciones a las Directrices de Ejecución asociadas a la inversión de los recursos del FRP y en las modificaciones a las Directrices de Custodia y otras materias del FEES y del FRP no implican un cambio a la retribución al Agente Fiscal aceptada por Acuerdo Nº 2672-03, de fecha 7 de noviembre de 2024. En el evento de observarse costos adicionales asociados a su implementación, estos serán incorporados en la retribución al Agente Fiscal correspondiente al año 2026.
Santiago, 17 de julio de 2025.- Juan Pablo Araya Marco, Ministro de Fe.