Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto N° 194, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba Reglamento del Fondo Especial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, del artículo 46 de la ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas:

    I. Intercálese en el inciso segundo, del artículo 1º, del artículo primero, entre la expresión "Carabineros de Chile" y la conjunción "y", que le sigue, la siguiente frase: ", Gendarmería de Chile, Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante".

    II. Intercálese en el inciso primero del artículo 3º, del artículo primero, entre la expresión "Carabineros de Chile" y la conjunción "y", que le sigue, la siguiente frase: ", Gendarmería de Chile, Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante".