MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.534 EXENTA, DE 2008, DE LA SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Núm. 1.260 exenta.- Santiago, 30 de julio de 2025.
Vistos:
1.- El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
2.- La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones;
3.- El decreto supremo Nº 747, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración Telefónica, y sus modificaciones;
4.- La resolución exenta Nº 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que estableció Numeración para Servicios de Emergencia y Procedimiento de Asignación correspondiente, y sus modificaciones;
5.- Resolución exenta Nº 470, de 2013, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que faculta a los Jefes de División y de Departamento para firmar "Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones" y delega facultades que indica;
6.- La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
Considerando:
Que, mediante el ingreso Subtel Nº 84.311, de 25 de julio de 2025, la concesionaria de servicio público telefónico Claro Chile SpA, solicita un número de emergencia para la ilustre Municipalidad de Copiapó.
Resuelvo:
Artículo único.- Agréguese al Apéndice de la resolución exenta Nº 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, el siguiente número de servicio de emergencia:
NÚMERO SERVICIO DE PARA TENER ACCESO A
EMERGENCIA
La recepción de llamadas de
emergencia por parte de la
Dirección de Seguridad Comunitaria
de la Ilustre Municipalidad de
1214 Fono Emergencia Copiapó, ante una situación de
Copiapó seguridad y/o emergencia comunitaria
que ocurra en la comuna (tránsito,
delictual, emergencia). El personal
de dicha unidad recibirá la llamada
y efectuará las acciones concretas
e inmediatas para afrontar la
emergencia y, de esta manera,
anticipar y facilitar las labores
de las instituciones que tienen como
fin la atención de estas mismas
(Carabineros, Policía de
Investigaciones, Bomberos,
Ambulancias, etc.), excluyéndose
de esta forma la simple desviación
de estos llamados a dichas
instituciones.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones, Liliana Barriga Cueto, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.