APRUEBA Y DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS NORMAS TÉCNICAS QUE INDICA; Y DEJA SIN EFECTO LA DECLARACIÓN DE NORMA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE DE LAS NORMAS TÉCNICAS QUE SINGULARIZA
   
    Santiago, 1 de agosto de 2025.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 63 exento.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en el artículo 4º del DL Nº 1.305, de 1975; el DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio; y la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y
   
    Considerando:
   
    a) Que el numeral 3º del artículo 2º de la ley 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, dispone como una de sus funciones la de "Dictar ordenanzas, reglamentos e instrucciones generales sobre urbanización de terrenos, construcción de viviendas, obras de equipamiento comunitario, desarrollo y planificación urbanos y cooperativas de vivienda".
    b) Que el artículo 4º del DL Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, establece en su inciso primero que "Corresponderá al Ministerio formular y supervigilar las políticas nacionales en materia habitacional y urbanística y las normas técnicas para su cumplimiento, como asimismo la administración de los recursos que se le hayan entregado y la coordinación y evaluación metropolitana y regional en materia de vivienda y urbanismo".
    c) Que, a su turno, el DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su artículo 2º, al definir los niveles de acción de la legislación de carácter general establecida por ella, señala como uno de ellos "Las Normas Técnicas, que contienen y definen las características técnicas de los proyectos, materiales y sistemas de construcción y urbanización, de acuerdo a los requisitos de obligatoriedad que establece la Ordenanza General. Las normas técnicas de aplicación obligatoria deberán publicarse en internet y mantenerse a disposición de cualquier interesado de forma gratuita".
    d) Que, adicionalmente, el artículo 3º de la misma Ley General, establece en su inciso cuarto la facultad de este Ministerio de "aprobar por decreto supremo las Normas Técnicas que confeccionare el Instituto Nacional de Normalización y las normas sobre Pavimentación", agregando para este último caso que estos decretos supremos se dictarán por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, por orden del Presidente de la República.
    e) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 555, de fecha 6 de julio de 2009, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 13 de julio de 2009, se declaró Norma Oficial de la República la NCh186/1:2008 Fibrocemento - Planchas - Parte 1: Planchas planas - Requisitos, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    f) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 271, de fecha 31 de diciembre de 2007, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 25 de febrero de 2008, se declaró Norma Oficial de la República la NCh186/2:2007 Fibrocemento - Planchas - Parte 2: Planchas onduladas - Requisitos, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    g) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 5, de fecha 11 de enero de 2016, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 18 de enero de 2016, se declaró Norma Oficial de la República la NCh163:2013 Áridos para morteros y hormigones - Requisitos, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    h) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 5, de fecha 10 de enero de 2006, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 2 de febrero de 2006, se declaró Norma Oficial de la República la NCh1207:2005 Pino radiata - Clasificación visual para uso estructural - Especificaciones de los grados de calidad, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    i) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 271, de fecha 31 de diciembre de 2007, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 25 de febrero de 2008, se declaró Norma Oficial de la República la NCh1909:2007 Fibrocemento - Planchas planas, planchas onduladas y tejuelas planas - Ensayos, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    j) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 59, de fecha 13 de febrero de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 20 de marzo de 2003, se declaró Norma Oficial de la República la NCh801:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de compresión, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    k) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 132, de fecha 15 de febrero de 1971, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se declaró Norma Oficial de la República la NCh802:1971 Arquitectura y construcción - Paneles prefabricados - Ensayo de carga horizontal, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    l) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 59, de fecha 13 de febrero de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 20 de marzo de 2003, se declaró Norma Oficial de la República la NCh803:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de flexión, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    m) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 229, de fecha 28 de octubre de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 12 de diciembre de 2003, se declaró Norma Oficial de la República la NCh804:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de impacto, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
    n) Que, en virtud de las facultades indicadas, por decreto Nº 496, de fecha 5 de agosto de 1971, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se declaró Norma Oficial de la República la NCh806:1971 Arquitectura y construcción - Paneles prefabricados - Clasificación y requisitos, la que es reemplazada por aquella que se señala a continuación.
   
    Decreto:

    1. Apruébase y declárase como Normas Oficiales de la República de Chile las que se singularizan a continuación, y cuyo texto se adjuntan al presente decreto y se entenderán formar parte integrante del mismo:

    NCh186/1:2024 Fibrocemento - Planchas - Parte 1: Planchas planas - Requisitos.
    NCh186/2:2024 Fibrocemento - Planchas - Parte 2: Planchas onduladas - Requisitos.
    NCh163:2024 Áridos para hormigones y morteros - Requisitos.
    NCh1207:2024 Pino radiata, Pino Oregón, Pino Ponderosa - Clasificación visual para uso estructural - Especificaciones de los grados de calidad.
    NCh1909:2024 Fibrocemento - Planchas planas, planchas onduladas y tejuelas planas - Ensayos.
    NCh801:2016 Elementos de construcción - Segmentos de muro - Ensayo de compresión.
    NCh802:2017 Elementos de construcción - Segmentos de muro - Ensayo de carga horizontal.
    NCh803:2016 Elementos de construcción - Segmentos de muro - Ensayo de flexión.
    NCh804:2017 Elementos de construcción - Segmentos de muro - Ensayo de impacto.
    NCh806:2022 Sistemas constructivos no tradicionales - Requisitos.

    2. El presente decreto se publicará en el Diario Oficial, y las normas identificadas en el resuelvo anterior tendrá vigencia una vez cumplido el plazo de seis meses a partir de la fecha de dicha publicación. El texto íntegro de las normas será publicado en documentos del Instituto Nacional de Normalización.
    3. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh186/1:2008 Fibrocemento - Planchas - Parte 1: Planchas planas - Requisitos, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 555, de fecha 6 de julio de 2009, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 13 de julio de 2009, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    4. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh186/2:2007 Fibrocemento - Planchas - Parte 2: Planchas onduladas - Requisitos, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 271, de fecha 31 de diciembre de 2007, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 25 de febrero de 2008, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    5. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh163:2013 Áridos para morteros y hormigones - Requisitos, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 5, de fecha 11 de enero de 2016, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 18 de enero de 2016, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    6. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh1207:2005 Pino radiata - Clasificación visual para uso estructural - Especificaciones de los grados de calidad, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 5, de fecha 10 de enero de 2006, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 2 de febrero de 2006, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    7. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh1909:2007 Fibrocemento - Planchas planas, planchas onduladas y tejuelas planas - Ensayos, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 271, de fecha 31 de diciembre de 2007, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 25 de febrero de 2008, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    8. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh801:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de compresión, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 59, de fecha 13 de febrero de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 20 de marzo de 2003, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    9. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh802:1971 Arquitectura y construcción - Paneles prefabricados - Ensayo de carga horizontal, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 132, de fecha 15 de febrero de 1971, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    10. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh803:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de flexión, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 59, de fecha 13 de febrero de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 20 de marzo de 2003, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    11. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh804:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de impacto, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 229, de fecha 28 de octubre de 2003, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 12 de diciembre de 2003, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    12. En virtud de la aprobación dispuesta por el resuelvo primero anterior, déjese sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile de la NCh806:1971 Arquitectura y construcción - Paneles prefabricados - Clasificación y requisitos, declarada Norma Oficial de la República por decreto Nº 496, de fecha 5 de agosto de 1971, una vez cumplido el plazo a que se refiere el resuelvo segundo anterior.
    13. El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de estas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Biblioteca Nacional.
   
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.