MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE KON AIKEN
   
    Santiago, 7 de agosto de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 568 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;
    c) El decreto supremo N° 126, de 1997, y sus modificaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
    d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República";
    e) La resolución exenta N° 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
    g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
   
    Considerando:
   
    a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 161.086, de 20.12.2024, complementada mediante ingreso Subtel N° 45.074, de 16.04.2025;
    b) Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 14° de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15° y 16° del mismo cuerpo legal.
   
    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Kon Aiken, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, señal distintiva XQD-787, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra f) de los vistos, cuyo titular es sociedad Sar Multimedios SpA, N° 76.943.452-6, con domicilio en Avda. Constitución N° 593, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, en los términos que a continuación se indican.
    2. Apruébese la solicitud de modificación presentada por la concesionaria, junto con los antecedentes técnicos que le sirven de fundamento. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio, en los términos que a continuación se señalan:

Estudio:

- Dirección :    Los Calafates N° 2619, comuna de
                Punta Arenas,  Región de Magallanes
                y de la Antártica Chilena.
- Coordenadas  : 53° 10' 32" Latitud Sur;
  Geográficas    70° 55' 42" Longitud Oeste.
                Datum WGS 84.

    4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de este dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
    5. Los plazos serán los que se indican a continuación:

    - Inicio de obras    : 5 días.
    - Término de obras  : 15 días.
    - Inicio de servicio : 60 días.

    Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
    6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por escrito, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan a la solicitud aprobada.
    7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto.
    8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas, y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.


    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.