1. Modifícase el resuelvo 1 de la resolución exenta N° 619 (V. y U.), de 2025, en el sentido de sustituir la frase "19 de agosto de 2025" por "25 de septiembre de 2025".
2. Establécese que la resolución exenta N° 619 (V. y U.), de 2025, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.