1º.- Rectifíquese el decreto supremo Nº 11T, de 2021, del Ministerio de Energía, que fija empresas adjudicatarias de la construcción y ejecución de las obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal, contempladas en los decretos exentos Nº 293 de 2018, Nº 198 de 2019, y Nº 171 de 2020, todos del Ministerio de Energía, en el siguiente sentido:
   
    1. Agréguese, en el artículo 1º, en la Tabla 1: "Obras de Ampliación Adjudicadas del Sistema de Transmisión", en la fila 7, en la columna correspondiente a "Empresa Propietaria", a continuación de Transelec S.A. y Pacific Hydro Punta Sierra SpA, lo siguiente: "; Compañía Transmisora La Cebada S.A.", como se muestra a continuación:
   
   
    2. En la "Tabla 2: Separación de V.I. por propietario según actividades señaladas en Bases de Licitación", del artículo 1º:
   
    a. Reemplácese, en la fila 7.1, en la columna "V.I. adjudicado USD", el guarismo "4.192.932,74" por el siguiente "4.179.066,35";
    b. Incorpórese, entre las filas 7.2 y 8.1, una nueva fila con el número 7.3, como se indica a continuación:
   
   
    3. Reemplácese la fila 7.1 de la tabla ubicada en el artículo 3º, por la que se señala a continuación:
   
   
    4. Incorpórese, en la tabla ubicada en el artículo 3º, entre las filas 7.2 y 8.1, una nueva fila número 7.3, como se indica a continuación:
   
   
    5. Incorpórese, en la tabla ubicada en el artículo 4º, entre las filas 7.2 y 8.1, una nueva fila número 7.3, como se indica a continuación:
   
   
    2º.- En todo lo no modificado expresamente por el presente acto administrativo, se mantienen íntegramente vigentes e inalteradas todas y cada una de las disposiciones del decreto supremo Nº 11T, de 2021, del Ministerio de Energía.