Artículo tercero: Déjese sin efecto, las resoluciones exentas N° 6.526, de 2018, N° 5.987, de 2019, la resolución exenta N° 631, de 2020, en su artículo primero, a excepción de la modificación al artículo tercero de la resolución exenta N° 6.526, de 2018, la resolución exenta N° 2.534, de 2021, N° 453, de 2022, el artículo 1° de la resolución exenta N° 4.896, de 2023 y el artículo 1° de la resolución exenta N° 3.267, de 2024, todas de la Subsecretaría de Educación, así como cualquier otro precepto de alguna resolución que hubiera reemplazado con anterioridad la nómina aprobada mediante el artículo primero de la resolución exenta N° 3.184, de 2018.